CHINA, IMPORTACIONES, ADUANAS, ARANCELES... LA GUIA DEFINITIVA.

Tema en 'Tiendas y Compras. ¿Qué comprar y dónde?' iniciado por georgedelajungla7, 24 Ago 2012.

  1. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Estooo... por lo poco que he visto, sospecho que esa web vende productos... digamos... "clonados de manera fidedigna del original"... Además, a pesar de que se ve un dibujito dando a entender que envía desde EE. UU., yo "pa" mí que en esta empresa hablan mejor mandarín que inglés...

    En este caso se conjugan varios factores; valor de más de 150 euros, procedencia exterior a la U. E. y productos... clonados. Ya comentarás como te ha ido la jugada.
     
  2. Van Poppel

    Van Poppel Miembro Reconocido

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    Consulta no adecuada para este post.

    Salu2: Van Poppel.
     
    Última edición: 7 Nov 2012
  3. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Pues valorar si los posibles inconvenientes (garantías, daños durante el transporte, presunta aplicación incorrecta de "antidumping", etc) te compensan ahorrarte 800 "leonores"... Eso debes decidirlo tú.

    De todas maneras -y no quiero ser grosero-, me parece que este hilo no es el sitio adecuado para hacer este tipo de consultas. La intención es informar y compartir experiencias con Aduanas...

    Que no te sepa mal, ¿eh?.
     
    Última edición: 7 Nov 2012
  4. Israrg

    Israrg Miembro

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    Si señor una gran guia de importación, y más ahora que el mundo chinorro está siendo mirado con lupa.
     
  5. F.T.W.

    F.T.W. Rasta Rules

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    Solo por eso ya ha merecido la pena.

    P.D. Acá le dejo mi dies.
     
  6. wghsheng

    wghsheng Baneado

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    He comprado camiseta de fútbol en www.cameshop.com

    me parece bien. todo está bien.
     
  7. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    No hacía falta que lo editaras... Ahora hasta me sabe mal haberte hecho el comentario... Un saludo, majo.

    Gracias.

    ¿También está "ustez" casado?... Le acompaño en el sentimiento...

    P.D. "Grasias"

    Nuestro hilo ha traspasado fronteras; hasta los chinos nos meten "spam"...
     
  8. tacky

    tacky superpacky

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    jajaja descarado Spam en toda regla
     
  9. carlosbike70

    carlosbike70 Baneado

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    jejeje muy bueno el temita! la verdad que tampoco te puedes quejar al final el resultado ha estado bien!:)
     
  10. puchinela

    puchinela Novato

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    Buenas me llamo javier,hara un mes me compre un equipamiento ciclista y todavia no recibido nada, la verdad es q ya me empiezo aponer nervioso y a barajar la opcion de poner una reclamacion atravez de paypal al chino,que me recomendais los q ya habeis pasado x esto,hay alguna manera de seguir el pedido para saber x donde esta,os tardo mucho?GRACIAS
     
  11. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Javier, te informo respetuosamente de que tu pregunta no se adecúa al tema que estamos tratando...
     
    Última edición: 9 Nov 2012
  12. jaibeteta

    jaibeteta BTT TERRASSA

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    en el mar
    eres un crack!,veo borroso del toxo pero es muy ilustrativo,tendríamos que tener todos en un docu el famoso TARIC para saber si nos la estan colando de vez en cuando
    saludos y enhorabuena por el post
     
  13. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Gracias...

    Muy bueno tu gif, cerveza y glándulas mamarias son una buena mezcla, pero me da que la siguiente escena no es tan excitante... a no ser que te vaya el rollo escatológico, je, je...
     
  14. suprememtb

    suprememtb Señor del Tronchacadenas

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    chicos he leido el post pero hay algo que no me ha quedado del todo claro, aunque quizas sea algo obvio.

    a la hora de pagar en aduanas se tiene en cuenta el importe del articulo en la factura pero sin tener en cuenta los gastos de envio no?
     
  15. Patrul

    Patrul Enganchado

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    Estoy en la Aduana, me dicen que la exención no tiene carácter retroactivo, es decir, que hay que solicitarla con antelación :confused:
     
  16. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Nop.

    Para calcular aranceles se toma en cuenta TODO; se suma el importe del artículo, los gastos de envío, el seguro (si lo has contratado), y en lo casos que corresponda (grandes importadores), gastos de almacenamiento, limpieza de container, etc... y el IVA se calcula sobre la suma de lo anteriormente comentado más el arancel.

    Pero explica algo más... ¿Has pagado ya y estás reclamando a posteriori para que te devuelvan el "antidumping"?
     
    Última edición: 14 Nov 2012
  17. Patrul

    Patrul Enganchado

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    A ver... he ido con los papeles (carta de correos y factura íntegra) a la Aduana, a ver si de una vez por todas me hacen un presupuesto, que desde enero ya esta bien. Muy amablemente me han atendido, un poco lento he de decir, pero esto no es novedad, lo primero si. Se lo he mandado por correo electrónico a un funcionario, ya que no lo llevaba impreso y es que no lo pone por ningún lado.

    Me han confeccionado el dichoso presupuesto donde me piden muchos euros, un 80% del valor declarado. Le comento suave muy suave el tema de la exención y me dice que debería haberlo solicitado antes, alegando si tengo un 33% de minusvalía... pongo cara de onomatopeya y le digo que me han dicho que he oído que si no soy comercio y no son mas de 300 unidades que puedo estar exento del antidumping.... me dice igualmente que hay que solicitarlo antes, o si lo pido ahora me valdrá para el próximo pedido.

    En cualquier caso, no he pagado, me dicen que vaya a Llano Castellano a preguntar.

    Alguien que este en la misma situación? A alguien le han concedido la exención a posteriori?

    Seguimos informando
     
    Última edición: 14 Nov 2012
  18. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Me parece que hasta los mismos funcionarios tienen un cacao mental que no se aclaran... Supongo que otro de los motivos de exención será tener algún tipo de minusvalía... No entiendo que es lo que no llevabas impreso y enviastes por correo electrónico. Y el tema de que debes solicitar el documento de exención antes, está claro... antes de haberte acercado allí para solicitar el presupuesto...

    Si fuera posible, acércate a la Subdirección General, pero lleva los deberes hechos... Vaya, que te acuerdes de la reglamentación que se aplica en nuestra situación y a ver que sacas en claro. Si logras contactar con algún responsable, podrías exponerle estos casos y averiguar si es imperativo presentar el documento de exención a Aduanas o, si como en algún caso que he leido, te pueden hacer el presupuesto de liquidación sin "antidumping", simplemente teniendo en cuenta lo que manifiesta la persona que va a recoger la mercancía.

    En mi caso, la exención la solicité después de que me hicieran el primer presupuesto... Lo que no tengo tan claro es si, después de haber pagado, puedes reclamar.

    Yo entiendo que si vuelves otra vez con la documentación y el documento de exención, te deben hacer un nuevo presupuesto... Ya contarás.

    P.D. Por cierto, lo que has comprado se ajustará al tipo de mercancía que puede considerarse exenta de "antidumping", ¿no?...
     
    Última edición: 14 Nov 2012
  19. Patrul

    Patrul Enganchado

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    Lleve la carta de correos y en la tableta la factura y recibo de paypal, ya que en ninguna parte indican que haya que llevarlo impreso. Sorprendentemente han aplicado el sentido común (estamos en el siglo XXI) y lo han aceptado en digital.

    Entiendo que soy el primero al que le han puesto este problema, pero la lógica aplicada no tiene mucho sentido. Solicitar una exención supone que existe algo que reclamar, por lo tanto que previamente se ha aplicado un criterio incorrectamente, en este caso un impuesto (revolucionario). Solicitar una exención a priori es incongruente. En todo caso seria una autorización, para importar sin pagar impuestos. Pero esto es malsonante, suena a efecto llamada y esto no interesa.

    Todo muy raro. Por cierto, son unas ruedas de carretera.

    Saludetes
     
  20. georgedelajungla7

    georgedelajungla7 Nomandoenmicasa member

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    Tienes razón, pero me gustaría introducir un pequeño matiz, al respecto de si se ha aplicado un criterio de manera incorrecta. A ver si consigo explicarme.

    Hasta el momento parece claro que, según la normativa, en determinadas condiciones (ya sabeis, piezas de bicis, particular, menos de 300/mes, etc.) a una mercancía importada no se le debe aplicar "antidumping"... Lo que yo no tengo claro es que si, al confeccionar la liquidación, ES OBLIGATORIO O NO presentar el documento de exención para que no te lo apliquen...

    Si es obligatorio, no hay más discusión, están aplicando el criterio bien y tenemos que tenerlo previsto para cuando presentemos la documentación pertinente... y si no es obligatorio, lo estarían haciendo mal... El matiz, la clave, el meollo de la cuestión estaría ahí, en saber si es obligatorio o no...
     

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