ebikes: ¿el futuro? ¿para vagos?... ¿que opináis?

Tema en 'General' iniciado por gabrielhernando, 4 Dic 2014.

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  1. Collserolo

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    Lo del carburador es de traca, colega. ¿Has visto el título del hilo? No, no, yo lo digo por si te has distraido un poquito.

    [​IMG]
     
  2. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Y qué se consigue con ese CONTROL ELECTRÓNICO DE VELOCIDAD accionado por cualquier mecanismo mecánico?


    ¿Controlar la velocidad?

    ¿Pasar de cero a ... algo?
    ¿Pasar de algo a ... cero?


    Yo creo que en el colegio me enseñaron lo que era un movimiento uniformemente acelerado, pero igual me engañaron, y eso que yo hice bachiller, si llego a hacer ... ESO, ya ni te cuento.
     
  3. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Por el amor de Dios, cómo está el patio.

    Tenemos motores que no aceleran si no llevan un carburador ...

    Hummm ... interesante.

    [​IMG]
     
  4. chapu_

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    Tú sí que te has distraído, tronco.
    Lo de la foto es un CUERPO DE ACELERADOR, con MARIPOSA (para ser preciso). No un carburador.

    Y te lo vuelvo a poner:

    El acelerador (throttle en inglés) es un mecanismo usado en los motores de combustión interna de ciclo Otto mediante el cual se regula el flujo de la mezcla aire/combustible en el caso de motores de carburador o del aire en los motores de inyección de combustible por medio de constricción y obstrucción del conducto de admisión.

    En los motores eléctricos (de una bicicleta) la velocidad (que es a lo que tú te quieres referir) se regula con un CONTROL ELECTRÓNICO DE VELOCIDAD.
     
  5. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    Analicemos el título de hilo pues....
    el futuro? Bueno, teniendo en cuenta que el hilo es del 2014, hoy es el futuro de aquella fecha. SI
    para vagos? Aqui hemos tenido más opiniones, creo que quedó claro que cada uno se podia esforzar lo que quisiera, exactamente igual que con una bicicleta no electrica, por lo tanto, NO.
    que opinamos? - Pues que cada uno ha dicho la suya sin intentar ser objetivo, e incluso algunos pesados hasta han puesto su horario del día a día para explicar porque no tenia tiempo para entrenar más... yo no necesito justificarme con nadie, igualmente por mucho que explique seria imposible ponerse en situación, y con un resumen de 4 lineas no se puede, pero si me piden explicaciones, las doy, soy muy transparente en éste sentido.

    El tema está, me temo, en interpretaciones del ciclismo algo diferentes e igualmente válidas... el ciclismo como deporte y el ciclismo como ocio, y por supuesto la mezcla de ambas en distintas proporciones... y creo que en función de ésa visión particular del ciclismo cada uno opina cosas totalmente dispares del asunto que nos trae... como deporte? Si, es malo llevar motor (en la mayoría de disciplinas, no en todas pero si en la mayoría). Como ocio? no es malo... y depende las proporciones de ambos es más o menos malo... pero realmente tiene la culpa el motor? o es la concepción propia del ciclismo que tenemos algunos? (es mi opinión, claro)

    Y añado, en cualquier caso, que el ciclismo se practique con uno u otro fin, depende de la persona, no de si la bici lleva o no motor.

    En cualquier caso, lo que seria malo es hacer deporte de competición ayudándote de un motor (me refiero a deportes personales, no a F! y demás) o incluso competir contigo mismo, porque estas adulterando los resultados... pero deporte en general, no el ciclismo en particular, ciclismo es ir en bicicleta... y una bicicleta es tal lleve o no motor... por lo que considero que se les puede seguir llamando ciclistas igualmente... quizás no sean tan deportistas, eso no lo voy a discutir...
     
    Última edición: 19 Jul 2017
  6. chapu_

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    Es que ahí es donde está el meollo de la cuestión. Y es el motivo por el que la Ley no habla de acelerador. ¿No te parece lo suficientemente importante?. Pâra algunos que se las daban de muy perfectitos en las definiciones unos posts antes, debería serlo.

    En un pedelec con sensor de par se dicta la asistencia del motor EN BASE AL ESFUERZO que realiza el ciclista.

    Si el pedelec lleva un sensor de giro en los pedales, el motor de la bici actuará independientemente del esfuerzo. (Lo que alguno mal llamaba antes "mero acelerador").

    Y el llevar un puño de velocidad (mal llamado puño acelerador) puede ser legal siempre que se cumplan los requisitos que pide la norma.

    Ser preciso y correcto en el lenguaje técnico debería importar aunque solo fuera porque este es un foro de MTB, y las ebikes de MTB son también bicicletas, que comparten la misma afición con el resto de ciclistas de este foro. Aunque le pese a tres talibanes.

     
  7. Propheta

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    Te parecen pocos los 25 km/h yendo por monte?
     
  8. joliverf

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    Monte es muy genérico, te refieres a pistas (de 3 metros o más) o a senderos?
    Por pistas he bajado a mucho más que eso... te diría que más del doble... con mi bicicleta "normal".... pero claro pistas de 4-5 metros tranquilamente y con visibilidad.
     
  9. ram320

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    Depende el camino que sea.En unos puede ser muy fácil y en otros algo imposible.Mi estado de forma es normal (monto un par de veces en semana unos 40 km con desniveles de algo más de 1.000 metros) y hay caminos ( llaneando,claro) en que esa velocidad es sencillo mantenerla o ir incluso más rápido sin tener que ser un "pro".Otra cosa es que me hables de una MEDIA de 25 km/h...Pero ciñéndonos al hilo,superar y mantener los 25 km/h en una e-bike si se hace ( para mi) bastante durillo.
     
  10. joliverf

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    Y te aconsejan bien, pruebalas.. varias... si te gusta el enduro, quizás la Turbo Levo no sea la más adecuada... o quizás si... tienen una estabilidad y aplomo, que transmite una seguridad impresionante... y quizás si que da la sensación parecida a ir en una moto de trial, yo llevo 27,5+ de 3" y se ve un ruedon ahi delante que lo flipas... además le bajas la tija telescópica y lo bien que absorben las suspensiones.. y lo dicho... creo que da sensación de moto de trial... pero nunca he llevado una... no se si tendré una idea equivocada.
     
  11. melorri

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    pregunta para todos los q aún piensan q por tener q pedalear algo están haciendo ciclismo:
    Si yo ato mi bici con una cuerda a un coche ( o a un caballo) ambos limitados a 25kmh y voy detrás pero dando pedaladas al aire porque la cadena casi ni se tensa ya q la fuerza la hace el vehículo( motor que tira de mi) mientras q mis piernas apenas hacen otra cosa q hacer girar los pedales casi en vacío...¿
    entonces también estoy haciendo ciclismo y esgforzándome?( véase q yo pedaleo y q si se rompe la cuerda( véase agota loa batería) tendría q pedalear yo solito y mi tripa( suspensiones....) pesa mucho para subir esas cuestas
    Pues eso mismo es lo q hace un motor en una bici( hacer q no debas hacer casi nada de fuerza, y a nada q estés entrenado eso implica q no vas ni a entrar nunca en la zona aeróbica( por supuesto mi abuela de 98 años sí se cansaría de pedalear a75w).
    Es indiferente q el acelerador responda a la presión de la mano, pie, golpear con la poya,al girar la muñeca o al girar los pedales. El hecho de q en estas electro bicis el interruptor dependa de los W a los q pedalees es para sortear las prohibiciones y q a los ignorantes les siga pareciendo una bici cuando es un vehículo con un motor( poco potente pero un vehículo a motor en cualquier caso.
    no os sorprende q yo( un hemipléjico) diga q es DEMASIADA ayuda y q gente q la lesión más grave q ha tenido es una resaca o agujetas por pajearse `piense q es un "ciclista y hace deporte extremo saliendo por el bidegorri con su moto
     
  12. Propheta

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    Qué medias se suelen hacer con estos aparatos... porque claro, si en llano puedes ir a 25 asistido, bajando a lo que de la gravedad (que debe ser más de 25), y subiendo tienes ayuda...
     
  13. ram320

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    Eso que dices no sólo no tienen ni pies ni cabeza,si no que si lo haces más vale que tengas un muy buen seguro dental...además,estas forzando una situación imaginaria rayana en el absurdo para compararla con una e-bike.Eso es hacer trampas.
     
  14. ram320

    ram320 Miembro Reconocido

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    Mi media en mi ruta habitual con la MTB esta en torno a los 11-12 km/h,la hice con una e-bike que me dejaron y fue de 15 km/h con la asistencia al mínimo.Y llegué a casa tan cansado como siempre.No probé con la asistencia al máximo.Pero eso te lo pueden responde mejor quienes tengan una e-bike,yo sólo fue una prueba.
     
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  15. Propheta

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    3-4 km/h más de media, es brutal... buf...
     
  16. Propheta

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    Entre un 25-36 % de mejora, y el aparato al mínimo...
     
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  17. melorri

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    he querido hacer un paralelismo. Es tan absurdo querer hacer deporte atándote una cuerda( lara q te empuje) como poner un motor en la bici( para q te empuje).
    Por supuesto la primera opción es más peligrosa y difícil de hacer.
    Otra cosa es q lo q se busque no sea hacer deporte sino completar un paseo por el monte con menos esfuerzo( entonces todos admitimos q sí tiene lógica salir con la moto eléctrica) no te niego q pueda ser divertido( yo sólo he probado 2 veces( ambas por asfalto) y he disfrutado de la sensación de subir una cuesta del 10% a 25kmh cuando yo, con mi bici, nunca podría pasar de 12kmh allí.
    no descarto q cuando deje de ser deportista me compre una moto de estas. Pero NUNCA diré a nadie q sigo haciendo ciclismo porque soy realista y sabré q gran parte el empuje viene del motor
     
  18. melorri

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    más q la diferencia q hay ente Froome y el peor del Tour q en una etapa de 6h se sacan sólo unos minutos
     
  19. Miguel @@@

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    No entiendo este debate.
    Si lleva acelerador, si no lo lleva, si es bici a motor, si no lo es etc.
    Es tan sencillo como aceptar lo que hay legislado, repito... LEGISLADO.
    El RGV las cataloga como bicicletas con pedaleo asistido.
    Repito.. Bicicletas con pedaleo asistido., ese es su nombre, y no ciclomotores, etc etc.
    A unos les puede parecer un espanto ( respetable) y a otros maravilloso.
    Pero es lo que hay, no le deis mas vueltas a la tortilla, que al final se quema.
     
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  20. joliverf

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    Veo que también lo llevas a los extremos... incluso fantasticos (no recuerdo como los calificaste)
    El tema está (de nuevo) en que el "conductor" de la bici, decide cuanto quiere esforzarse, puede esforzarse mucho o poco (como con una bicicleta normal), es él quien lo decide, no el motor (éste hace lo que le pidas)

    Con respecto a "los ignorantes"... veamos que quiere decir...

    ignorancia.
    Del lat. ignorantia.
    1. f. Cualidad de ignorante.
    2. f. Falta de conocimiento. La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.

    ignorancia del derecho.
    1. f. Der. Desconocimiento de la ley, el cual a nadie excusa, porque rige la necesaria presunción o ficción de que, promulgada aquella, han de saberla todos.

    ignorancia invencible.
    1. f. ignorancia que tiene alguien de algo, por no alcanzar motivo o razón para desconfiar de ello.
    ignorancia supina.
    1. f. ignorancia que procede de negligencia en aprender o inquirir lo que puede y debe saberse.

    ignorancia no quita pecado.
    1. expr. U. para explicar que la ignorancia de las cosas que se deben saber no exime de culpa.
    no pecar alguien de ignorancia.
    1. loc. verb. Hacer algo con conocimiento de que no es razón el hacerlo, o después de advertido de que no lo debía hacer.
    pretender alguien ignorancia.
    1. loc. verb. Alegarla.
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    Y que dice la Ley al respecto?

    -Real Decreto 82/1999: de 22 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 2406/1985, de 20 de noviembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de las bicicletas y sus partes y piezas y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. La Comisión de la Unión Europea ha incoado el procedimiento de infracción A/91/5041 al Reino de España, por infracción a los artículos 30 a 36 del Tratado CE, al considerar que la facultad de solicitar la homologación de bicicletas y sus partes y piezas, a instancias del fabricante únicamente, impide la libre circulación de mercancías en el espacio económico europeo. El presente Real Decreto tiene por objeto reconocer esta facultad a los agentes económicos de la Unión Europea y del espacio económico europeo y el reconocimiento mutuo de las legislaciones de los Estados miembros. Las bicicletas, los faros de posición delanteros, pilotos de posición traseros, catadióptricos, generadores y lámparas para dichos vehículos deberán cumplir las normas de seguridad establecidas en el anexo del Real Decreto 2406/1985, de 20 de noviembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de las bicicletas y sus partes y piezas y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. Los fabricantes, sus representantes legales y los agentes económicos establecidos en la Unión Europea o el espacio económico europeo deberán acreditar su cumplimiento o el de las normas armonizadas que, en su caso, existan o el de las normas nacionales de los países miembros que ofrezcan un sistema de seguridad equivalente, a través de la correspondiente homologación o procedimiento equiparable.
    • Real Decreto 2822/1998
    • Directiva 2006/42/CE
    • Directiva 2004/108/CE
    • Normativa BATSO para baterías
    • Directiva 2002/24/CE
    Según el Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998), se consideran las siguientes definiciones:
    • Ciclo: Vehículo de dos ruedas por lo menos, accionado por el esfuerzo muscular de las personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas.
    • Bicicleta: Ciclo de dos ruedas
    • Bicicleta con pedaleo asistido: Bicicleta que utiliza un motor, con potencia no superior a 0.5 kW como ayuda al esfuerzo muscular del conductor. Dicho motor deberá detenerse cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos:
      • El conductor deja de pedalear o presiona los frenos.
      • La velocidad supera los 25 km/h
    Adicionalmente la Directiva Europea relativa a la homologación de los vehículos a motor de dos o tres ruedas (Directiva 2002/24/CE), de obligado cumplimiento por los estados miembros y prevaleciendo sobre los Reglamentos Nacionales, establece que las bicicletas con pedaleo asistido (bicicletas eléctricas)están exentas de la homologación de esta directiva si:
    • Están equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima de 250W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa cuando la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h, o antes si el ciclista deja de pedalear o presiona los frenos.
    Cumpliendo con ambos requisitos, la bicicleta eléctrica es a todos los efectos una bicicleta convencional y por tanto ha de ser homologada para circular por la vía pública según el Real Decreto 2406/1985. Homologación tras la cual se le asignaría un código B0000 de homologación. Pero dada la especial naturaleza de las bicicletas con pedaleo asistido y el hecho de no quedar recogidas en dicho Real Decreto, el MITyC define un conjunto de requisitos adicionales que mediante los Laboratorios Acreditados verifica sobre las bicicletas con pedaleo asistido y si éstas son aptas, concede la homologación según codificación BPA0000. Si la bicicleta no se corresponde con las definiciones expuestas arriba (motor de 250W máx y 25km/h máx…), la Directiva 2002/24/CE se deberá de aplicar debiendo corresponderse su homologación con la homologación para los ciclomotores. Serían también de aplicación todos los Reglamentos derivados de que el vehículo no sea una bicicleta y sea un ciclomotor.

    No se que quieres que te diga.... me parece que si a alguien se le puede tildar de ignorante... no seran a los que nos parece que sigue siendo una bicicleta "convencional"... y podemos añadir que ignorante supino (marcado en azul).

    Por cierto, lo que he marcado en verde, se lo han sacado de la manga, en la normativa española no he sabido ver donde pone lo de la desconexión al accionar el freno, en la europea si... y como dice, prevalece la europea sobre la española.
     
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