ebikes: ¿el futuro? ¿para vagos?... ¿que opináis?

Tema en 'General' iniciado por gabrielhernando, 4 Dic 2014.

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  1. Krakkreel

    Krakkreel Mardano sobre ruedas

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    No, mira, todo depende de para qué cosas:

    - si quieres saber cómo es o puede ser un colectivo de personas (etnia, género, raza, hábitos deportistas... etc.) no puedes basarte en TU experiencia, porque como he dicho es limitada, sesgada e insuficiente. Para evitar generalizaciones banales y cuñadismos, en un caso así hay que tirar más de la ciencia (de la buena, que hay mucha de la mala) para tener unas conclusiones con un nivel de veracidad más que aceptable. Y fíjate que hablo de ciencia, no racionalizar o conceptuar que es otra cosa diferente.

    - si quieres saber como es una cosa para ti de buena o mala o necesaria o posibles usos que te reporte A TI, la experiencia es totalmente necesaria, pues tú eres el principal interesado y afectado. ¿Me queda mejor el traje verde o e azul? ¿Qué tal van estas cubiertas para mi bici y estilo de conducción? Teorizar en estos casos es sencillamente inútil e insuficiente, pecar de platónico. Pueden servir inicialmente para hacerse una idea de su conveniencia o no, pero la experiencia es la que te podrá confirmar o refutar la creencia que tenías pre-establecida.

    Y conceptuar o racionalizar para decidir por ejemplo si una ebike es una bici o no, es cuando menos la peor manera de etiquetarla. Pruébala para ver como te sientes sobre ella: ¿como en una moto o en una bici? ¿algo intermedio o totalmente distinto? Todo dependerá de tu manera de practicar el ciclismo, y entonces sí tendrás una base sólida aunque subjetiva para saber qué es lo que traes dando pedales. Pero empezar a apelar a conceptos etéreos puede dar lugar a aplicar mal la lógica, que por ejemplo en tu caso es muy evidente tus constantes caídas en la falacia de falsa analogía, la pendiente resbaladiza o la petición de principio y falso dilema.
     
  2. carlitos60

    carlitos60 Miembro Reconocido

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    Te diran que no hace falta probar para saberlo

    Aqui trasteando
     
  3. carlitos60

    carlitos60 Miembro Reconocido

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    No, no se mueve apretando solo ese boton y ya te lo dije y te lo explique. Ese boton ( flecha hacia abajo) hay que manterlo apretado mientras caminas. No funciona si no vas empujanadola.
    Por cierto, leete bien las instruciones por que mi modelo solo lleva 3 botones, eso te pasa, que te lias y me metes a mi botones de mas

    Aqui trasteando
     
  4. Valdeon

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    ¿Solo tres...? Vaya por dios, que poquitos, no tiene cambio automatico ni nada.

    Hasta luego.
     
  5. Valdeon

    Valdeon Miembro Reconocido

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    Y yo que creía que íbamos del mismo rollo... que lastima.

    Hasta luego.
     
  6. joliverf

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    Mira, te busco los textos....

    https://www.ordesa.net/12-parque-na...2-prug-parque-nacional-ordesa-y-monte-perdido

    • Zonas de Uso Restringido

    Son zonas constituidas por áreas que, aunque hayan podido sufrir un cierto grado de intervención humana, presentan un elevado grado de naturalidad, mantienen sus valores naturales en un buen estado o se encuentran en fase de regeneración y que pueden soportar un cierto nivel de uso público. Se trata de áreas del Parque Nacional donde confluyen diversos valores de interés ecológico, científico y paisajístico, por su representatividad, diversidad y/o vulnerabilidad del conjunto o de algunos de sus elementos. Se preservación es compatible con uso público limitado. El acceso peatonal a ellas es libre únicamente por los senderos existentes. El acceso motorizado, con medios mecánicos o con caballerías queda restringido exclusivamente a fines de gestión.

    • Zonas de Uso Moderado

    Están constituidas por áreas naturales con mayor capacidad de acogida de visitantes que en el caso de las Zonas de Uso restringido y de Reserva integrándose, por lo tanto, la conservación de recursos con una mayor intensidad de uso público. Se trata de áreas capaces de soportar el recreo al aire libre y actividades interpretativas. Incluye también las áreas transformadas por la actividad agropecuaria que albergan recursos definidos como valores propios del Parque Nacional. El acceso motorizado, con medios mecánicos o con caballerías por las vías existentes queda restringido a los titulares de derechos reales y a fines de gestión.


    En el único caso que podria no colar....
    9.2.1.2.7 Pruebas deportivas

    Solamente se podrá autorizar la celebración de pruebas deportivas no motorizadas en la Zona Periférica de Protección siempre que sean compatibles con los objetivos de conservación y no tengan un fin comercial, publicitario o de lucro. Para obtener la autorización, la entidad organizadora de la prueba deberá establecer las garantías suficientes para el restablecimiento de los daños que pudieran ocasionarse al medio natural o a las infraestructuras así como para la limpieza posterior del entorno. En caso de que, tras el seguimiento de estas actividades, se aprecien alteraciones negativas sobre el medio, el Departamento competente en materia de espacios naturales protegidos podrá establecer las regulaciones oportunas.

    El resto de referencias son a "vehículo a motor".​
     
  7. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    porque no me lees... :(

    Está desactualizado, pero ya te indica por donde van los tiros...

    1.a El ciclomotor no es claramente un vehículo de motor, sino de tracción mixta. Legalmente, además, la tracción humana sigue siendo el elemento principal, porque el motor es «auxiliar», y, aunque en la práctica ya no sea así probablemente, nos movemos en el campo de la interpretación jurídica, en el cual son trascendentes los elementos auténticos y no las situaciones de hecho. Si se afirmase que es vehículo de motor al menos en los momentos que circula impelido por aquél, equivaldría a escindir el concepto unitario que merecen legalmente los vehículos por lo que son, y no por la forma en que se utilicen, ya que en otro caso habría que convenir en que un automóvil parado o en marcha en una pendiente sin el auxilio del motor tampoco es vehículo de motor.
    En el caso de las pedelec, aún más, pues nunca pueden ir "sólo a motor".
     
    Última edición: 13 Sep 2017
  8. Mr.Proper

    Mr.Proper Miembro Reconocido

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    Creeis que al llegar a la pagina 500 no obsequiaran con algun tipo de regalo? Almenos a los usuarios mas activos... sería un detallazao....

    :D
     
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  9. rodaballo

    rodaballo pez fuera del agua

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    Dentro de mí...
    ¿Otra vez segregando? Somos todos iguales, participemos poco o mucho y vayamos electrificados o no....:p

    Un saludo
     
  10. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    Vaya por delante, que mi Francés se relega a lo que estudié en la EGB, y de eso ya llovío mucho mucho...

    Fuente:
    http://mbf-france.fr/wp-content/uploads/2017/06/6.06.2017-MBF-Préfet-Drôme-20170609115351.pdf

    upload_2017-9-13_8-50-22.png

    Señor Presidente,

    Basado en comentarios del comité de consulta del día 18/03/2016 y de 21/09/2016, usted me ha solicitado con el fin de levantar la prohibición a los VAE (pedelec) sobre la pista abierta al VTT (BTT) en la Reserva Natural de Hautes Plateaux de Vercors.

    Usted ha realizado un razonamiento en su análisis, una pedelc que desarrolla menos de 250w, que desconecta ésta asistencia electrica al pasar de 25kms/h y el sistema no se pone en marcha si no hay acción sobre los pedales, está considerado en el seno del código de la circulación, como un ciclo y no un vehículo motorizado.

    upload_2017-9-13_8-56-4.png

    Permitame de inicio, hacer algunas puntualizaciones sobre éstas características.
    El aumento de 250w, aparte de que pueda ser segura para no iniciados, representa un aumento que solo los deportistas en muy buen estado pueden mantener durante decenas de minutos. Ésta asistencia permite entonces a mucho público tener acceso a las pistas inaccesibles por sus propios medios físicos. Nosotros podemos preguntarnos sobre la capacidad de ése público, poco acostumbrado a las dos ruedas en términos de técnica de pilotaje, para asegurar un dominio de su pedelec, por su seguridad, en un entorno por definición, exigente.

    upload_2017-9-13_9-2-37.png

    Su requerimiento es sobre la autorizacion para utilizar los 15kms. de la única pista situada en el seno de la Reserva...., abierta al BTT. Destaco que esa via representa aproximadamente le 1% de la totalidad de las pistas del parque. El resto de pistas del parque está autorizado el usos de las pedelec.

    upload_2017-9-13_9-5-29.png

    El reglamento de la reserva natural tiene el objetivo de proteger el medio natural de la presión humana. Es por ello que el Código del Entorno se aplica. Salvo jurisprudencia que desconozca, no existe una jerarquía en el Código de circulación y en el Código del Entorno (medioambiental) . Por consiguiente, teniendo en cuenta la independencia de ambos códigos, en el seno del código del entorno, una pedelec es un vehículo a motor y por consiguiente tiene prohibido el acceso a la pista de 15 kms del parque.

    upload_2017-9-13_9-9-26.png

    Ésta cuestión, estuvo de nuevo abordada en el comité de consulta de la Reserva el 16/03/ ultimo.

    Varios puntos merecen investigaciones complementárias antes de considerar de nuevo la autorización, o no, del uso de las pedelec en la reserva. Seguro que ésta autorización generaría automáticamente un aumento de uso sobre la pista de la reserva (a día de hoy se estima e 1000 BTT por año).

    Ésta frecuencia, que aumentaría significativamente con el uso del GPS y de las rutas descargadas, podría traer problemas:
    - Cual será el comportamiento de estos turistas, frente a las actividades pastorales, rebaños, y más inquietante, sobre los caballos protegidos?
    - Conflicto de uso entre las pedelec con pilotos sin experiencia en la misma y los peatones?
    - Cual será el impacto sobre el medio de esa mayor presencia humana?

    upload_2017-9-13_9-17-39.png
    Así, el comité a decidido realizar unas reflexiones sobre éste uso de las pedelec y de las FatBike sobre esos 15kms. de pista a los conductores en ése espacio.

    Bien entendido, los profesionales que les representan, seran incluidos en estos trabajos que deberán concluir sobre una propuesta para un próximo comité de consulta.

    Bla bla bla...
     
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    Última edición: 13 Sep 2017
  11. joliverf

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    Me parece a mi, que está "meando fuera de tiesto"... y que se lo tumban en un plis... están diciendo que si llevas una pedelec es porque no sabes o no tienes experiencia? :eek::D:D:D
    o segregando por su capacidad física? (se llama discriminación, y lo sabes)


    Por no decir, que NO ES UN REGLAMENTO o LEY, si no unas CONSIDERACIONES personales de un subalterno dirigidas al Presidente (de no se que), si no lo he entendido mal.

    Vamos que me suena más a que está autorizado el uso de las pedelec en ésa pista y el elemento ése lo ha recurrido o ha puesto una queja o alegaciones o algo similar...
     
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    Última edición: 13 Sep 2017
  12. ram320

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    Ya sé que se te da bien darle la vuelta a las cosas,mezclarlas con otras que no tienen absolutamente nada que ver o teorizar hasta el infinito sobre algo sin haber experimentado ese algo.Le puedes dar todas las vueltas que quieras,pero por mucho que te moleste,una e-bike es,a todos los efectos,incluídos los legales,una bicicleta.Y por lo tanto,por mucho que lo quieras negar,quién monta en una e-bike,es un ciclista.Somos muchos lo que tenemos claro,eres tu el que parece que no,quizás si probaras alguna vez una en lugar de teorizar sin más,pues empezarías a comprender "el otro punto de vista"...o no,eso ya da igual,al fin y al cabo la libertad de elección personal,a día de hoy,sigue siendo un derecho,y espero que siga existiendo ese derecho por mucho tiempo más.
     
  13. carlitos60

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  14. ram320

    ram320 Miembro Reconocido

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    Te acabas de cargar a la madre de la ciencia...la experiencia.La "racionalización teórica" de las cosas llevó al ser humano a creer ( por poner un solo ejemplo,la imaginación humana como bien sabes da para mucho) que el trueno era el Dios Odín jugando con un martillo...como ves,tu afirmación escasea de lógica.Sin experiencia real y empírica de las cosas no hay nada.
     
  15. ram320

    ram320 Miembro Reconocido

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    ¿ NI siquiera consideras que menosprecias a tus hipotéticos clientes cuando les "aconsejas" sobre bicicletas?....
     
  16. Bpl

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    Bueno, a todos los efectos, no , solo a los legales y como ya se ha dicho y posteado antes , tanto en el post de Oregon, como en el de Francia, solo en los reglamentos de circulación.
    De hecho puedes ver como a pesar de ser pedelecs, (las únicas ebikes consideradas bicicletas) se ha prohibido su uso en ciertos sitios donde otras bicicletas si pueden pasar
    "no existe una jerarquía en el Código de circulación y en el Código del Entorno (medioambiental) . Por consiguiente, teniendo en cuenta la independencia de ambos códigos, en el seno del código del entorno, una pedelec es un vehículo a motor"
    y esto cualquier día podría aplicarse en España y no habría recurso posible
     
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  17. ram320

    ram320 Miembro Reconocido

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    Pero a día de hoy,en España ( que es donde en realidad nos interesa) si están consideradas legalmente como bicicletas.Y en mi opinión personal desde luego que lo son,otra cosa es que a otros les parezcan un engendro diabólico,ahí ya no entro.
     
  18. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    Ten en cuenta que son apreciaciones personales que se ponen en un recurso... y que la normativa francesa no tiene porque coincidir con la española... cojamoslo "con pinzas", por si acaso.

    Lo que es un vehículo lo define a efectos legales el Reglamento General de Vehículos (no se si tienen esa figura en Francia), el reglamento de medio ambiente, puede restringir el paso a ciertos vehículos, pero si se refiere a los vehículos a motor, no estarán incluidas las pedelec, pues en ningún caso una pedelec (por definición) puede funcionar "a motor"... en cualquier caso se propulsará de manera "mixta" o "a pedales"... pero jamás "a motor".

    Por lo tanto debe restringirlas de manera específica... y demostrando el porqué, pues si no, les pasará como les está pasando con todas las pistas que prohíben al BTT, que les piden que demuestren que en realidad afecta y cuanto al susodicho medioambiente... como para prohibirlas....

    Como por ejemplo aquí:
    http://mbf-france.fr/articlesentinelle/les-gorges-du-tarn-interdit-au-vtt/

    Básicamente, prohibieron el paso por unas pistas a la BTT "para preservar a la rapaces... "
    Y lo recurren diciendo que "nunca se ha hecho un estudio del impacto de la BTT sobre las rapaces... " y que no pueden inventarse los argumentos.


    En el recurso, ya te ponen tambien una pista....

    La prohibición del ejercicio de la libertad fundamental de ir y venir no debe ser discriminatoria,
    y la práctica de senderismo todavía se permite en los senderos prohibidos para el ciclismo de montaña.

    Vamos, que no basta con decir que las BTT o las pedelec erosionan, hay que demostrar que lo hacen más que los peatones.
     
    Última edición: 13 Sep 2017
  19. Miguel @@@

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    En España y en la UE .
    Otra cosa es opinar y debatir, de por que si tiene motor, no la engloban en los veh a motor y la excluyen, así como no necesitar un permiso para su circulación y conducción y un seguro., ya que motor lleva.
     
  20. Bpl

    Bpl Miembro Reconocido

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    C
    reo que se parte de un error de base.
    Una pedelec no es una bicicleta, es un vehículo con motor (no de motor) que al cumplir ciertos requisitos es considerado una bicicleta, pero esto es en el reglamento de circulación . Que como se ha dicho muchas veces este consideración no quiere decir que por ejemplo si una comunidad prohíbe el acceso a un monte en vehículos CON motor no les afecte la prohibición. Como se ha visto en los ejemplos anteriores donde lo han dejado claro, una cosa es el reglamento de circulación y otra son normas de parques, montes etc : En el caso francés anterior "en el seno del código del entorno (que sería el equivalente a nuestra ley de montes), una pedelec es un vehículo a motor (independientemente lo que diga el reglamento de circulación)y por consiguiente tiene prohibido el acceso a la pista de 15 kms del parque."

    Es como el ejemplo de los ciclomotores No considerados vehículos de motor en el reglamento de circulación pero acceso restringido a zonas autorizadas para bicicletas (esto está claro no), eso aunque lleve el motor apagado . O le vas a discutir a un agente de la GC si te pilla en un carril bici aunque lleves el Vespino pedaleando sin gasolina.
     
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