[Fotos] ¿Se puede llevar la bici así en el coche?

Tema en 'General' iniciado por marzeroad, 18 Abr 2019.

  1. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Lo primero que tendríamos que preguntarnos, es que tipo de automóvil llevamos.
    Aquí pongo dos enlaces., Copio y pego un extracto. Y la otra de la DGT.

    Presta atención, porque la primera no está permitida y puedes llevarte una gran sorpresa en el camino por la policía.

    1. Colocar las tablas de surf en el interior del coche.

    Es una forma muy utilizada, porque es rápido y sin coste, mientras no te pare la guardia civil.

    Empieza por tumbar el asiento del copiloto hacia atrás todo lo que puedas, y mete tus tablas por el maletero, con el tail hacia delante apoyándolo en el asiento delantero que hemos tumbado. El tail va apoyado en el suelo, a nivel de los pies del asiento del copiloto, de forma a poner las tablas lo más adelante posible.

    Rodea con el cinturón de seguridad del asiento del copiloto las tablas de surf y abróchalo, así se mantendrán sujetas tu tablas de surf, evitando que se muevan en cada rotonda.

    Atención: esta primera forma que te hemos explicado esta totalmente prohibida. Queda prohibido transportar cualquier objeto voluminoso en el interior de un coche de turismo. Si la policía te ve en la carretera te puede multar. Según lo simpático que estés con el policía, lo puede considerar como una infracción leve (la multa asciende a unos 200€, se queda en la mitad si pagas rápidamente), o bien una infracción grave, más cara todavía. Aunque todos lo hemos hecho al menos una vez, debes tenerlo en cuenta si te arriesgas. Desde mundo-surf, aunque lo hacemos de vez en cuando, no lo podemos recomendar.
    https://www.mundo-surf.com/blog/tres-formas-de-transportar-tus-tablas-de-surf-en-el-coche/
    http://revista.dgt.es/es/noticias/n...7-Como-colocar-el-equipaje.shtml#.XLtUfFPtY0M
     
  2. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    El que se mueva es lo de menos, hablo de la deformidad que ocasiona un accidente., Un cuadro de acero, aluminio etc detrás de tu espalda es una temeridad.
    Una correa no evita eso, ni dos, ni tres y así podría seguir.
     
  3. akmann2

    akmann2 Miembro Reconocido

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  4. 1000km

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    Bien, eso ni me lo había planteado y tiene sentido, pero la probabilidad es muy baja. Los coches de hoy en día tienen el habitaculo 'indeformable' en impactos normales, claro que puedes irte contra un camión y dejarte el coche hecho un cubo, pero lo de la bici es el menor de los problemas.

    Mucho más probable que nos coja un coche en carretera y muchos ciclistas de esta disciplina somos. Una cosas es la prudencia y otra vivir con miedo. Saludos
     
  5. Jovi_91

    Jovi_91 Miembro Reconocido

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    Decir que es una temeridad llevar el cuadro de una bici en los asientos trasero, tal cual pone la foto en el OP, en un foro de ciclismo de montaña es RIDÍCULO.
    Según tu escala de riesgo, debes entrar en pánico cada vez que subes a una bici. Cualquier piedra, curva, tierra suelta, etc, puede partirte el cuello por una caída.
     
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  6. pumuky81

    pumuky81 Miembro activo

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    La pregunta era si es legal llevar la bici así, la respuesta NO
    Sobre las fotos de los coches con objetos con asientos abatidos (como la de las tablas de surf) estamos en España y por suerte o desgracia tenemos leyes muy restrictivas, y en España eso está prohibido, en otros países no, y los fabricantes no van a hacer una foto x país para vender su producto.
    De hecho en España estaban prohibidos los portabicis traseros, lo de maletero, y tuvo q cambiar la legislación pq la UE denunció a España pq era el único país de la UE con esa prohibicion y lo denunciaron asociaciones ciclistas europeas.
    Por último, alguien que me copie un articulo de LEY q ponga q se permite llevar mercancía sin separar de los pasajeros.
     
  7. mario-mario

    mario-mario Miembro Reconocido

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    Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

    TÍTULO I
    Normas generales de comportamiento en la circulación


    CAPÍTULO II
    De la carga de vehículos y del transporte de personas y mercancías o cosas


    Sección 1.ª Transporte de personas


    Artículo 10. Emplazamiento y acondicionamiento de las personas.


    3. Los vehículos autorizados a transportar simultáneamente personas y carga deberán estar provistos de una protección adecuada a la carga que transporten, de manera que no estorbe a los ocupantes ni pueda dañarlos en caso de ser proyectada.

    Dicha protección se ajustará a lo previsto en la legislación reguladora de los vehículos.

    4. El hecho de no llevar instalada la protección a que se refiere el apartado anterior será sancionado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.




    Esto es lo único que he encontrado después de toda la tarde buscando. Resumiendo: no se especifica claramente nada, ni habla de habitáculos separados, ni maletero, ni nada. Para mí, una protección adecuada es una eslinga para que la bici no se mueva. Pero para otros, todo lo que no sean asientos no es protección.
     
  8. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    No te pongas el cinturón tampoco, ni pongas sillas de retención a los peques., Total, las probabilidades de accidente son escasas.
    Algunos se guían por probabilidades....que cosas.
     
  9. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Habla de los vehículos mixtos.
    Y es lo que vengo diciendo, si en los turismos podemos cargar lo que nos salga de las pelotas, para que un mixto?
     
  10. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Eso es falso.
    En españa lo que esta prohibido es llevar la carga suelta en el mismo espacio que los pasajeros.
    Si la pones un pulpo, puedes llevar la tabla de surf, de snow, o los listones que has comprado en el ikea sin problemas.
    Y si no dispones de nada para anclarla entonces red separadora, y si no dispones de ningua de las dos cosas multa.

    Y la carga, la puedes llevar en cualquier parte del coche, el unico requisito es que no entorpezca la accion del conductor ni limite la visibilidad.

    Lo de llevar la carga separada quien te lo haya dicho te ha mentido.
    Y te lo digo, porque mi coche es un coche ranchera familiar o como lo quieras decir, y lo UNICO que tapa la carga es un estore enrollable de chichinabo que trae el coche de serie, que en caso de accidente, lo primero que hara sera salirse de su lugar y recogerse porque la unica utilidad que tiene es tapar el maletero para que no se vea lo que tienes.

    Repito, en un turismo, la carga no tiene porque ir separada del habitaculo, ya que en los asientos de atras, tambien se pueden cargar cosas, por eso se puede abatir.

    Te dejo un enlace rapido:
    https://blazetv.es/blog/como-transportar-carga-coche/
     
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  11. thedrako

    thedrako Miembro

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    Una eslinga es una sujeccion no una proteccion.


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  12. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Que llevar la bici dentro te cause lesiones de graverdad o incluso la muerte por atravesarte componentes (como he leido mas atras) realmente deberia ser el menor de tus problemas....

    ...Ya que para que hipoteticamente eso pudiera pasar, el guantazo que te has soltado con el coche ha tenido que ser de los que marcan una epoca, y las las lesiones que pudiera ocasionarte la bici no te harian ni cosquillas, porque de la ***** con el coche ya habrias quedado bien apañado.
     
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  13. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    El de la DGT tampoco te vale?
    Todavía espero impaciente las versiones de los 50 GC, y dónde la Ley es clara como el agua.
     
  14. olbap

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    Una broma para bajar tensión: Si las leyes fueran claras no habría abogados para interpretarlas. :)
     
  15. mario-mario

    mario-mario Miembro Reconocido

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    Porque en los turismos puedes llevar lo que quieras siempre que sea de uso personal. Si te pillan repartiendo paquetes de Amazon, por de ir algo, con un turismo, aunque sea en el maletero, te sancionarán. Lo mismo no por normas de tráfico, pero sí por temas de permisos de transporte y demás.

    Aparte, los vehículos mixtos desgravan ya que se consideran propios de la actividad laboral. Un turismo no. Para eso también sirven.

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  16. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Los que interpretan las Leyes son los Jueces.,
    o_O
     
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  17. olbap

    olbap Miembro mangurrino

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    Los abogados también las interpretan para sus clientes, porque si no la mayoría no nos enteraríamos de un montón de cosas. Interpretar no implica juzgar y/o sentenciar...
     
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  18. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    O no.
    Preguntate por qué recomiendan un vehículo mixto adaptable para familias, y una de ellas es por la carga en viajes..
    Si leéis con atención los artículos 13,14 y 15, sobre todo en el 14, ese que tanto ponéis para justificar que se puede cargar lo que se quiera. Primero, en ningún momento pone que sea carga de interior., Y segundo, llevar armarios, palos etc etc sería mercancía, y por muy privado que sea el uso, repito, en un turismo no se puede transportar.
     
  19. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Jjjjj, vale acepto pulpo.
    Me quedo con la última frase.
     
    Última edición: 20 Abr 2019
  20. Polete85

    Polete85 Miembro Reconocido

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    Bueno, eso ya no es asi.
    Las tarjetas para vehiculos ligeros (furgonetas hasta 3500) ya han quedado en desuso y no son necesarias ni obligatorias.
    Ahora mismo puedes hacer portes en tu coche normal sin ningun problema (siempre y cuando cumpla las normativas de carga), el unico requisito es que necesistaras que te contraten, o hacerte autonomo.
     

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