ebikes: ¿el futuro? ¿para vagos?... ¿que opináis?

Tema en 'General' iniciado por gabrielhernando, 4 Dic 2014.

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  1. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Te vuelvo a decir qué tipo de vehículo es cuando se hace uso del acelerador?
    Para salir de los semáforos viene muy bien.....
    No me digas si es legal o no lo es....dime qué tipo de vehículo sería haciendo uso del mismo?.
     
  2. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Te escabulles como las liebres :p.
     
  3. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Cuidado con lo que dices jjjj.
    El uso del acelerador hace que el vehículo vaya solo.
     
  4. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Jejejeje, es por eso que le queremos.

    Aunque, en ocasiones, sea desesperante.
     
  5. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Esto es lo que se cuece por ahí, copio y pego, no quiero herir sentimientos.

    Técnicamente han de ir por carretera e ir matriculado, pero no son tan "cantosas" como el Greyp G12, así que mientras no le des al acelerador en lugares públicos, la policía no tiene porqué pararte.

    Mi bici tiene 5 niveles de asistencia, y ya os digo que el nivel 1 asiste más que el nivel Ultra de una bici eléctrica de marca, el nivel 5 se sube cualquier pendiente solo (sin pedalear). Tiene tanto asistencia al pedaleo como acelerador
     
  6. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Él sabe lo que decimos y lo comprende, vaya que si lo comprende..... pero ummmm parece que no lo admite.
    admitir
    (aðmiˈtiɾ)
    verbo transitivo
    1. aceptar a alguien en un lugar,
    2. aceptar algo como verdadero, admitir un error
     
  7. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    Leñes, un acelerador tradicional, si, claro que si... no se en que estaba pensando...

    Bueno si, montando un símil de acelerador, pero ya no es un acelerador al uso... así que nada... ciclomotor... o ilegal, eso ya, los juristas....

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  8. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    Si ponéis en Google "en15194 bizkaia" el primer enlace es un pdf... no consigo desde el móvil ponerlo, pero si una captura... para los reticentes.

    Por otro lado en 2016 se introdujo la excepción del walk assist, en la EN15194, pero aún no la he conseguido en cristiano.

    Pero solo lo pueden llevar las del 2016 en adelante, según me ha parecido entender, a falta de ver la norma concreta.[​IMG]

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  9. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Bicicleta eléctrica, pedelec o ebike, ¿conoces la diferencia?

    Noticias de bicicletas eléctricas
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    Estos dos términos tienen su origen en países de lengua inglesa. Pedelec es un acrónimo que proviene de «PEDal ELEctric Cycle». Mientras que el segundo término deriva de electric bike.

    Bicicleta eléctrica, pedelec, e-bike, bicicleta asistida, asistencia al pedaleo… el enredo en la terminología ha hecho que surjan numerosas dudas entre los usuarios ¿Qué significan todas ellas? Las pedelec y las que tienen asistencia eléctrica son en realidad nuevas categorías de bicicletas eléctricas.

    Con frecuencia cuesta ver la diferencia entre la asistencia al pedaleo, la asistencia activada con el pedaleo, pedelec o potenciada con el pedaleo. Las definiciones publicadas sobre las bicicletas eléctricas en el libro anual del Japan Cycle Press del último año establecieron finalmente un acuerdo.

    [​IMG]



    Pedelec y bicicleta eléctrica
    Estas definiciones separan las bicicletas eléctricas y las bicicletas pedelec en dos categorías diferentes de vehículos. Desde la inmersión del término pedelec, tanto los fabricantes como los usuarios y distribuidores hablan con naturalidad de bicicletas pedelec. Su uso lleva el conocimiento implícito de que se habla de vehículos que ayudan al usuario con asistencia eléctrica cuando pedalea. Las bicicletas pedelec no pueden ser montadas usando solamente energía eléctrica, pero también es importante saber estas diferencias.

    • Pedelec: Una bicicleta pedelec es una bicicleta eléctrica de pedaleo asistido. Para activar la asistencia al pedaleo es imprescindible que el ciclista mueva los pedales para activar la asistencia. La ayuda se suele comparar a tener viento de cola.
    • Bicicleta eléctrica: Simplemente hay que girar el acelerador del manillar para activar la asistencia del motor. Es posible circular sin pedalear. Hasta el punto que algunas e-bikes entran en la categoría de ciclomotores, porque usan un acelerador que activa el motor eléctrico al margen de si se está pedaleando o no. La ley también determina que aquellas bicis que superen una potencia y velocidad serán consideradas asimismo ebikes.
    [​IMG]

    Definiciones y normativa sobre bicicleta eléctrica en España
    En España, la Ley de Seguridad Vial no contempla los mismos aspectos. Dice: «La bicicleta con pedaleo asistido es una bicicleta que utiliza un motor, con potencia no superior a 0,5 kW como ayuda al esfuerzo muscular del conductor. Dicho motor deberá detenerse cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos: 1º. El conductor deje de pedalear; 2º. La velocidad supere los 25 km/h». Por lo tanto, aunque la norma española considera una potencia no superior a 0,5 kW, la normativa europea es la que prevalece.

    Ambos tipos de vehículos están regulados en la Directiva 2002/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas. Esta norma establece que los Estados miembros pueden clasificar legalmente como bicicletas, aquellas bicicletas eléctricas que tienen pedaleo asistido. Pero además, es indispensable que su motor eléctrico dé una potencia nominal continua máxima de 0,25 kilovatios (la potencia pico sí puede ser superior) y su entrega de fuerza disminuya progresivamente y finalmente se interrumpa cuando la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o antes si el ciclista deja de pedalear.

    Cualquier bicicleta con motor eléctrico que no cumpla alguno de los requisitos anteriores entran dentro de la categoría de ebikes y, por tanto, consideradas legalmente como ciclomotores.

    Las ventajas más claras de los pedelecs es que suelen ser más económicos de adquirir que las ebikes. Al menos en España, no pagan impuestos, no necesitan seguro y pueden circular por carriles bici. Su tratamiento legal es idéntico al de una bici tradicional. Como no tienen mucha potencia, no es necesario tener mucha experiencia para circular sobre este tipo de bicicleta eléctrica.

    En busca de un término aceptado y consensuado
    Todavía existen problemas que resolver en lo que se refiere al uso del término pedelec. El término bicicleta eléctrica (o e-bike de forma abreviada) todavía se usa como un término genérico para los dos tipos de bicicletas y genera cierta confusión.

    El término bicicleta eléctrica ha sido usado para denominar a las bicicletas eléctricas que han existido mucho tiempo antes que las pedelecs. El equivalente alemán de la bicicleta eléctrica se entiende casi siempre como una bicicleta para gente mayor y discapacitada. En inglés, el término “bicicleta eléctrica” no incluye las prestaciones de la nueva categoría pedelec.



    Publicado el 25 octubre, 2017 por Daniel Marín
     
  10. Collserolo

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    Y es que yo siempre tengo razón ...
    Más que nada porque aplico el sentido común. Y no me vengáis con que el sentido común es el menos común de los sentidos.

    Ese sentido común menos común de los sentidos es otra categoría del sentido común.
    Por tanto existen DOS tipos de sentidos comunes:

    El sentido común (sin coletilla)
    El sentido común menos común de los sentido.

    ¿Estamos a lo que estamos?


    Tanta tontería ya, hombre.
     
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  11. Collserolo

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    Directiva 2002/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de marzo de 2002, relativa a la homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas y por la que se deroga la Directiva 92/61/CEE del Consejo.

    CAPÍTULO I

    Ámbito de aplicación y definiciones

    Artículo 1

    1. La presente Directiva se aplicará a todos los vehículos de motor de dos o tres ruedas, gemelas o no, destinados a circular por carretera, así como a sus componentes o unidades técnicas.

    La presente Directiva no se aplicará a los vehículos siguientes:

    a) los vehículos cuya velocidad máxima por construcción no supere los 6 km/h;

    b) los vehículos destinados a ser conducidos por un peatón;

    c) los vehículos destinados a ser utilizados por disminuidos físicos;

    d) los vehículos destinados a la competición, en carretera o todo terreno;

    e) los vehículos que hayan sido utilizados antes del inicio de la aplicación de la Directiva 92/61/CEE;

    f) los tractores y la maquinaria agrícola o similares;

    g) los vehículos proyectados fundamentalmente como vehículos de ocio todo terreno con tres ruedas simétricas, una de ellas dispuesta en la parte delantera y las otras dos en la parte trasera;

    h) las bicicletas con pedaleo asistido, equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima de 0,25 kilovatios, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa cuando la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h, o antes si el ciclista deja de pedalear;

    ni a sus componentes o unidades técnicas, salvo si están destinados a ser montados en los vehículos previstos en la presente Directiva.

    No se aplicará a la homologación de vehículos aislados. No obstante, los Estados miembros que concedan estas homologaciones aceptarán las homologaciones de componentes y de unidades técnicas concedidas con arreglo a la presente Directiva y no con arreglo a los requisitos nacionales que les sean de aplicación.


     
  12. carlitos60

    carlitos60 Miembro Reconocido

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    Pues eso, que si, que ya pero.....[​IMG]

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  13. jvr806

    jvr806 Miembro Reconocido

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    1863 páginas para aceptar definirlas como "pedelec ?
     
  14. luckys3025

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    Hola. Al margen de esta novela rosa, cual os parece la e-bike con mejor relación calidad-autonomia-precio?
    Saludos
     
  15. Miguel @@@

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    Te ha faltado motor.
    Mejor relación, " calidad-autonomia-motor-precio.
    De los Shimano hablan bien.
     
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  16. keris

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    Cinco años para alcanzar un mínimo acuerdo, "las ebike son pedalec" y por lo tanto son BICICLETAS. En fín por el camino yo ya me he jubilado (es real) je je je
     
  17. Miguel @@@

    Miguel @@@ Miembro Reconocido

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    Las primeras bicicletas, que se pueden describir como Pedelec, existían antes de 1900, pero este nombre no existía en ese momento.
    https://de.m.wikipedia.org/wiki/Pedelec
    O lo que es lo mismo, velomotores.
    No sé las veces que me he repetido, pero esto ya existía con su nombre y apellidos, servía para lo/s mismo/s.
    Retorcer lo que queráis, habéis cambiado un motor de gasolina por uno eléctrico, eso es innegable.
     
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  18. Collserolo

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    Entonces qué diferencia hay entre una bicicleta con motor y una sin motor?

    No hay diferencia?

    Son lo mismo?

    Tan bicicleta es una como la otra?
     
  19. Collserolo

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    Dos coches, ambos son coches, cierto?

    Qué diferencia notable hay entre uno y otro?

    El color de la pintura?


    [​IMG]

    [​IMG]

    No, la diferencia más notable es la potencia del motor, pero cuidadín, la diferencia más notable no es que uno lleva motor y el otro no, ambos llevan motor, por tanto lo que marca la diferencia es la potencia de sus motores.


    Bueeeno, quizás los retorcedores del lenguaje y del sentido común digan que la diferencia es el precio. Claaaaro, y esa dsiferencia de precio dónde radica, en la tapicería, en el salpicadero, en las prestaciones?

    Y así hasta la náusea ante de llamar las cosas por su nombre e intentar hablar el mismo lenguaje común: la gran diferencia está en la potencia del motor.
     
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  20. Collserolo

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    Bah !!, no me extraña que no nos comamos un torrao.

    Qué c0ño va a caer la venda, aquí hay venda pa'rato ...

    La venda NO caerá nunca :(


    [​IMG]
     
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