ebikes: ¿el futuro? ¿para vagos?... ¿que opináis?

Tema en 'General' iniciado por gabrielhernando, 4 Dic 2014.

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  1. joliverf

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    Esto... que enseguida me di cuenta de mi error en la apreciación y así lo comenté... en el momento que motor no cortaría a 25kms/h deja de ser bicicleta, aunque no llegues a esos 25kms/h....


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  2. joliverf

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    Si, y tanto, pero los L1e-A tienen una peculiaridad o excepción reconocida, que van a pedales también, cosa que no incluye la L1e y por ende la L1e-B, y por lo tanto al no cumplir con la L1e-A dice la norma que pasan a la siguiente con la que cumplan, y esa no es la L1e-B, que no contempla su funcionamiento a pedales.

    En el caso de la L1e, dice bien claro cuales son sus posibles propulsores en el artículo 4, punto 3, y ninguno de ellos es los pedales, por eso hacen la excepción con la L1e-A... pero no lo hacen en la L1e-B, y por lo tampoco cumple con ella.

    De verdad, esta muy claro, no lo entiendo que no lo veáis.

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    Última edición: 11 Nov 2019
  3. joliverf

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    El ciclismo se práctica en bicicleta y punto.

    Luego en el ciclismo hay muchas modalidades, desde la carretera, xc, de pista, artístico, etc...

    De verdad no os dais cuenta que "ciclismo" es un término muy amplio y carente de otras normas que las de hacerlo sobre una bicicleta? Y que son las modalidades de ciclismo las que tienen normas más concretas.

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  4. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    No llevo timbre, soy un rebelde... pero me lo voy a poner porque debo reconocer que va muy bien, sobretodo cuando hay cazadores por la zona, o caminantes...

    Todo y que se me escucha llegar, me recuerda a los TOM (Transporte Oruga de Montaña) de la mili... y si aun así pillo un despistado... un toquecito al freno trasero y hace una clavada que suena como un avión aterrizando.

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    Última edición: 11 Nov 2019
  5. beligranada

    beligranada galapago reventao

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    Jajajajaaja, lo siento compi, pero has perdido el norte y toda credibilidad.
    Si a una bici le ponemos motor, es ciclismo siempre que tenga una determinada potencia y la asistencia se limite a 25 por hora.
    Si a esa misma bici con motor le ponemos un deslimitador, ya no es ciclismo, auque el deslimitador no entre en funcionamiento.
    Ponerle un motor a una bici con ciertyas condiciones=ciclismo, apenas cambia nada.
    A una bici con motor le ponemos deslimitador=no es ciclismo, el cambio es brutal, radical, nada que ver, otro deporte distinto.
    Eres tremendo, la argumentación me resulta hasta divertida por lo burda que es.
     
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  6. Ricardo12

    Ricardo12 Amante del monte

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    Es evidente, y?
     
  7. Collserolo

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    SEBAS, eso lo entendemos todos. Estamos de acuerdo en lo que dice la norma y en lo que considera. Pero la norma NO rige en el deporte del ciclismo.

    Verdad que no? Verdad que cuando haces ciclismo no estás circulando?

    Porque si a estas alturas de la película vamos a aceptar la existencia del ciclismo urbano es para mear y no echar gota. Esa milonga del ciclismo urbano no es deporte es movilidad perso anal.

    Imaginas una prueba deportiva de ciclismo urbano? En qué consistiría? En a ver quién llega antes a su trabajo conviviendo con el tráfico rodado?

    Venga, venga, vamos a ir adelantando ...

    Ahora se utiliza un vehículo normatizado y se lo llevan al terreno del deporte, eso sí, sin el timbre. Por favor, venga ya.

    Si cuaja el ciclismo motorizado como deporte no tiene ningún sentido mantener las normas de circulación en cuanto a potencia del motor y corte de asistencia.
     
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  8. Collserolo

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    El ciclismo motorizado no es ninguna modalidad de ciclismo, es otro deporte. Un deporte que usa motor para llevarse a cabo.
     
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  9. JOSEPV

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    Juas,juas...:rolleyes:.
    En una cosa tienes razón es muy sencillo y simple, no hace falta retroceder las cosas y agarramos a una legislación que hila tan fino, si no cumples los parámetros establecidos pasas de llevar una bicicleta a una motocicleta...
    Vamos con lo fácil que es, si se parece a una bicicleta y lleva motor... es una motocicleta ves lo fácil que es..:D:D

    Saludos.

    Pd; siempre se puede llamar motociclismo asistido....
     
  10. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Si no llevas timbre pasas a la categoría ciclomotor.
    Los ciclomotores no llevan timbre.


    Ya veo que vamos a seguir mezclando churras con merinas.
     
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  11. palisander

    palisander Miembro activo

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    ... Y te doy la razon, porque es evidente.
     
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  12. Collserolo

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    REGLAMENTO (UE) No 168/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    de 15 de enero de 2013

    relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    Artículo 2

    2. El presente Reglamento no se aplicará a los vehículos siguientes:

    h)

    las bicicletas de pedales con pedaleo asistido, equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear;



    Es decir, si una EPAC no cumple con lo estipulado en la letra h) tiene que homologarse.

    Vaya, algo que leíamo y no asimilábamos: ANTES de que se alcance los 25 Kms/h.

    Pos eso si vuestras EPACs no cumplen esas carácterísticas tenéis que homologarlas. Y una vez homologadas tendréis que estar en posesión del carné de conducir, un seguro, el permiso de circulación, la ficha téncica para pasar la ITV cuando toque y por supuesto CASCO obligatorio
     
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  13. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Ahora vamos a ver qué se necesita para homologar una EPAC ... declarada en rebeldía ... :cool:

    Artículo 3

    Definiciones

    A los efectos del presente Reglamento y de los actos enumerados en el anexo II, salvo que en los mismos se disponga lo contrario, se aplicarán las definiciones siguientes:

    35) «potencia nominal continua máxima»: potencia máxima durante 30 minutos en el eje de transmisión de un motor eléctrico, conforme a lo previsto en el Reglamento no 85 de la CEPE;

    56) «autoridad de homologación»: la autoridad de un Estado miembro establecida o designada por el Estado miembro y notificada a la Comisión por el mismo, que tiene competencias en todos los aspectos de la homologación de un tipo de vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente, del proceso de autorización, de la expedición y, en su caso, retirada o denegación de certificados de homologación, así como para actuar como punto de contacto con las autoridades de homologación de los demás Estados miembros, designar los servicios técnicos y garantizar que el fabricante cumple sus obligaciones sobre conformidad de la producción;

    68) «vehículo de motor de dos ruedas» («PTW» en sus siglas en inglés): vehículo de motor de dos ruedas, incluidos los ciclos de motor dos ruedas, los ciclomotores de dos ruedas y las motocicletas de dos ruedas;

    94) «vehículo eléctrico puro»: un vehículo propulsado por:

    a)

    un sistema consistente en uno o más dispositivos de acumulación de energía eléctrica, uno o más dispositivos de acondicionamiento de la energía eléctrica y uno o más aparatos eléctricos que convierten la energía eléctrica acumulada en energía mecánica que se transmite a las ruedas para la propulsión del vehículo;

    b)

    un sistema de propulsión eléctrica auxiliar montado en un vehículo diseñado para funcionar a pedal;


    Vaya por Dios, lo que es tener un poco de tiempo e ir a beber a la fuente (no contaminada) ...
    Tantas veces que lo avisábamos basándonos en el sentido común y nos decían queee ...

    Pues toma en to'l bebe: PROPULSIÓN ELÉCTRICA AUXILIAR.
     
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  14. beligranada

    beligranada galapago reventao

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    Oye @Collserolo , a ver si me puedes aclarar una cosa, que no me ha quedado clara, ¿podemos considerar el motor eléctrico del Di2 una asistencia tal como consideramos el motor de una ebike?
     
  15. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    Hombre, primero dime si el Di2 va en una bici motorizada o en una bicicleta.

    Si va en una bicicleta, tú eres quién va a cargar con el peso extra. Lo mismito que la suspensión y el segundo bidón de agua.

    Anda que no j0de na que se le acabe a uno el agua, verdad?

    Pues con el invento de colocarle un motor a una bicicleta se acabó el problema, hasta tres bidones de agua te puedes llevar de casa.
     
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  16. Collserolo

    Collserolo Miembro Reconocido

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    El motor del Di2 no asiste al pedaleo, es decir, no te ayuda cuando pedaleas, por tanto penaliza subiendo por el peso extra.

    A que sí?
     
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  17. Collserolo

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  18. joliverf

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    No se te olvide el apellido, que auxiliar quiere decir que no es único, como el caso de ciclomotores y motocicletas...

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  19. joliverf

    joliverf Miembro Reconocido

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    Al pedaleo no, pero en la frase a la que respondía no hablaba de propulsión ni de pedaleo, decía "con motor".. y solo quería evidenciar lo poco precisa de la designación, que poco sentido del humor que tenéis los no informáticos, leñes...

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  20. jvr806

    jvr806 Miembro Reconocido

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    Joli sigues bajo los efectos de Ribeirio? ( Se de lo que hablo, mi mujer es de Riabadavia) :D:D:D:D:D:D:D
    Por cierto el día que me dejaron una bici con Di2 hice más distancia, mas alto y en menos tiempo gracias al ahorro de watios que me aporta para cambiar de desarrollos con los dedos en vez girar levemente la muñeca y al evitar el roce de la cadena (dixit por algún "iluminati")p, or cierto en carrerta es adictivo..;););).
     
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