ebikes: ¿el futuro? ¿para vagos?... ¿que opináis?

Tema en 'General' iniciado por gabrielhernando, 4 Dic 2014.

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  1. Collserolo

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    JOLI, la RAE no regula, simplemente el lenguaje jurídico lo tiene muy en cuenta para dictar sus normas.

    Fíjate en el sintagma coletillal. Lenguaje jurídico, eso significa que hay otros lenguajes, pero el jurídico ...

    Y ahí es donde entra en juego el pitufo sancionador, no sabía cómo definir aquel cosocleto y tiró de la RAE

    velomotor

    Del fr. vélomoteur, de vélocipède 'velocípedo' y moteur 'motor'.

    1. m. Bicicleta provista de un pequeñomotor propulsor.

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  2. Collserolo

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    Y lo siento en el alma ser yo quién te lo diga, pero tú llevas un motor propulsor
     
  3. jvr806

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    Luego soy yo el calienta a Joliverf..:p:p:p
     
  4. Collserolo

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  5. Collserolo

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    :rolleyes:
     
  6. Bcn-Biker

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    Mmm sí, casi que se podría catalogar así.

    Yo con mi e-bike no hago lo mismo que con la otra, es evidente, con la e-bike me reparto la fuerza entre ella y yo. Más músculo y menos asistencia=más km, menos músculo y más asistencia=menos km.

    Las salidas con la e-bike las preparo de distinta manera en función de lo que se vaya a hacer, por ejemplo

    1) Salida endurera explosiva= Significa pocos kms pero mucha trialera arriba y abajo, pues mucha asistencia y poco músculo

    2)Salida laaaarga de pisteo, pues mucho músculo poca asistencia (incluso 0 en llanos)

    En fin, para gustos los colores, yo estoy encantado de mi e-bike (al igual que las otras no asistidas) recibí de ella lo que esperaba encontrar, todo lo demás son opiniones totalmente respetables como la tuya.

    Saludos! Gracias por responder

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  7. joliverf

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    La receta del pitufo se va a la basura, esta mal redactada, no indica en que se basa para decidir que es un velomotor o ciclomotor. No pone si ha sido por asistir por encima de los 25, o por asistir sin pedalear, o llevar acelerador, o motor de más de 250w.

    No pone en que se basa para decidir que requiere permiso y ese vehículo está homologado como bicicleta, así que lo dicho, la multa a la basura... suponiendo que sea real, claro.

    Por lo tanto, basta con recurrir la sanción (si es que le llega y no le dan una colleja antes al urbano) y argumentar que el vehículo marca X modelo Y no dispone de permiso de circulación al tratarse de una bicicleta de asistencia al pedaleo según los certificados que se adjuntan y por lo tanto no tiene la obligación de tenerlo... y punto, se acabó la sanción. Si el agente hubiese puesto en la descripción el motivo por el cual consideraba que era un velomotor, otro gallo cantaría, pero como no lo ha puesto, ahora no lo puede añadir y ya está... no tiene más recorrido.

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    Última edición: 12 Mar 2020
  8. joliverf

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    A la RAE se la pela lo que quieras, pero si tenemos un decreto ley que dice que los vehículos son estos y son asi, a llorar a la lloreria... y se acabo, con la ley en la mano y siendo de rango superior, lo que diga la RAE, no sirve.

    Aparte, en el hipotético caso de que así fuera, resulta que no aceptas por igual todas las definiciones...

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  9. joliverf

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    Collsi, como esta establecido, lo tiene en cuenta siempre que a) no haya una norma de rango superior que lo regule y b) que no vaya contra la legalidad, y la definición de velomotor o la de ciclomotor, no es concisa, no se ajusta a los requisitos y por lo tanto, no se ajusta a la legalidad.

    El agente no puede tirar de la RAE pues no le sancionaba por un asunto "coloquial" si no por un hecho legislado y por lo tanto jurídico, donde no pinta nada la RAE, según decís, no?

    Os estáis cogiendo a un clavo ardiendo y os vais a quemar en cuanto llegue a la oficina y agarre el portátil...

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    Última edición: 12 Mar 2020
  10. joliverf

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    Solo hay un problema, el deporte es lo que hace el humano, la bicicleta no hace deporte, y por lo tanto lo que aporte o deje de aportar ella, no debe influir en la denominación.

    Solo importa y determina la parte que tú haces, y si borras de tu comentario la parte de la asistencia de la bici, verás que puedes hacer mucho o poco deporte, pero siempre haces algo. Quiero decir que con la asistida puedes hacer cantidad distinta, pero siempre hay alguna cantidad del deporte en cuestión, es por ello que el deporte efectivamente se realiza.

    Si se categoriza distinto, pues a priori no hay paridad de resultados en comparación con no asistidas, como hay otras categorías en cualquier competición ciclista, femenina y masculina, élite, M50, etc...

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    Última edición: 12 Mar 2020
  11. joliverf

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    Ufff, se me había pasado, voy a ver si lo resumo así un poquito...

    Podeis llamarlo "velomotor" en un ámbito coloquial, pues estáis en vuestro derecho... iepssss :eek: frenaaa, he dicho "derecho"? vaaaya... y como se denomina éste "derecho" que os dá "derecho", pues se denomina "derecho consuetudinario" o lo que es lo mismo, derecho introducido por el uso o la costumbre, que es lo que recoge la RAE como apuntais.
    https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinario
    https://dle.rae.es/consuetudinario


    Y porque tiene más valor lo que diga la RAE que lo que diga un papelito que me he encontrado en el suelo, o en una web cualquiera... pues por lo mismo que no tiene más valor que lo que ponga un Reglamento, es así de sencillo, no os podeis "parar" en la RAE y ya está...

    Según el artículo 9 de la Constitución Española, dice tal que así:
    1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

    Y en su punto 3, dice:
    3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.


    Bien, pues el mismo derecho que os dá la posibilidad de usar términos "coloquiales" os lo quita en el momento que éstos están reglados por una norma de rango superior... no sería el caso si no lo estuvieran, pero... en el caso de los vehículos, si lo están...

    Me tengo que ir, y no me puedo explayar más, pero os dejo la pirámide de kelsen que establece la jerarquía normativa.
    [​IMG]

    Así que las definiciones que afectan a los vehículos son las que recoge el Reglamento General de Vehículos, no sirven las que se usan "coloquialmente"... y si las usas, es una impostura.

    Saludetes ;)
     
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    Última edición: 12 Mar 2020
  12. jvr806

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    Esperemos que sea así, pero no lo tengo muy claro que no se la coma...
     
  13. jvr806

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    La RAE no se mete en la leyes sobre la regulación de las cosas, solo define el significado de las palabras del CASTELLANO.
    Si a tus hijos les mandan buscar en la RAE el significado de la palabra velomotor, ¿que va a escribir, lo que dice la DGT, el RGV, la RAE?

    La RAE pone si necesitas permiso de circulación, permiso de conducir, seguro o un casco para la definición de velomotor, ciclomotor, barco, o patinete? NO..
     
  14. jvr806

    jvr806 Miembro Reconocido

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    https://www.rae.es/la-institucion/organizacion/estatutos
    Si está regulada por una Ley aprobaba por Real Decreto Ley y cualquier normativa del RGV o de la DGT se modifican con un Real Decreto que es una ley de rango inferior....
    Y si te agarras a eso, tampoco puedes utilizar pedelec o ebikes, ya que son las formas "coloquiales" de llamar a las bicicletas con motor para la asistencia/ayuda al pedaleo..;););)
    Me voy a trotar que no es lo mismo hacer running, durante un ratito..:p:p:p:p
     
  15. Collserolo

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    De eso nada, monada. El pitufo se encuentra con un coso incalificado y ... bueno, lo primero que tendría que hacer es retener es OBNI Sí, sí, va con "B"

    Objeto Bicicletil No Identificado

    :D
     
  16. Collserolo

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    Ahí has estado fino.

    Yo es que voy de culo, pero eso de e-bike ... na nai(k)

    Bicicleta de pedales con asistencia al pedaleo, creo recordar.


    Y eso nos deja a medio f0llar. Lo suyo es

    bicicletas con el pedaleo asistido de forma eléctrica

    :D
     
  17. Collserolo

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    A mí mi asistencia sigue asistiéndome. Ayer pude comprobarlo. IMG_1063.JPG
     
  18. joliverf

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    Aquí te planto un Rajoy... ¿y la Europea? :D:D:D

    Por cierto, la RAE tiene aprobados sus estatutos por Real Decreto Ley, no su diccionario... pequeño matiz. ;)

    Quiero decir que porque sus estatutos están aprobados via RD, no significa nada más, lo que ellos hacen o dejan de hacer, no tienen esa entidad...

    Son las normas o leyes las que tienen distintos rangos.... no los estatutos.
     
    Última edición: 12 Mar 2020
  19. joliverf

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    OK, vamos a simplificarlo... de que discutimos, de lo que son o de como nos hace "ilu" llamarlas.. ;)

    Por cierto, si le piden buscar en la RAE el significado de ciclismo... ¿que pondrán? y si luego ven el significado de velomotor y de ciclomotor, que crees que concluiran?
     
  20. joliverf

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    Como que incalificado?.... ha puesto marca y modelo, y apuestate lo que quieras a que esa marca/modelo tiene un bonito certificado de homologación que indica que es una EPAC, y que por lo tanto, no requiere de permiso de circulación...

    Si hubiese puesto en que se basaba para hacer esa afirmación (o si hay otra multa por otro concepto) entonces otro gallo cantaría... así basta con adjuntar fotocopia del certificado de homologación y decir que el pitufo se había fumado algo malo, y se acabó el tema... te lo aseguro que he recurrido muchas... bueno las recurria cuando era joven, ahora soy un ciudadano ejemplar y no me ponen...
     
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