Yo pienso lo mismo. Tal vez sea para evitar que se puedan juntar parejas y no tener que estar controlando... Paseando es mucho mas facil ver si los que van juntos cumplen las normas. Controlar las parejas en bici..... Que no se, ehhh. Ojala estemos equivocados.....
Con el móvil "avisar a..." en el pueblo nos conocemos todos, nunca e llevado el DNI, soy más, de monte que carretera me parece que es más importante el móvil que el DNI pero....
Si quereis buscar vuestro municipio con las delimitaciones administrativas sobre el mapa, podeis buscarlo aqui. https://municipios.ingra.es/#!ingra:esppai.7
Por puro control. Si el deporte lo delimitan a una persona sola, no ha lugar a picarescas españolas, para quedar con un colega para montar, y luego argumentar que vive contigo. O incluso, puede ser tu hijo, que por edad ya no viva contigo pero digas que si, etc... En definitiva, muerto el perro, se acabo la rabia, todos de uno en uno, y mas facil de controlar.
Solo una es valida, que es la del termino municipal, ya que se refieren a lo mismo. El municipio y el termino municipal es lo mismo, que es el area que rige un mismo ayuntamiento, todo eso es el municipio de X. El area urbana, es eso, area urbana o casco urbano, y aunque coloquialmente se le denomine municipio a esa zona, no es correcto, el municipio es todo el area que gobierna el mismo ayuntamiento.
Pues hombre, las dos cosas son importantes pero yo por si acaso llevaría el DNI por lo que pueda pasar que tampoco pesa mucho y no ocupa casi nada. Nunca se sabe.
Creo (lo digo en el recuerdo de haberlo oido) que durante las salidas en el estado de alarma, era obligatorio llevar la documentacion, y si no era motivo de sancion.
Pues venga, ya que no quedaste satisfecho con mi respuesta y no estás de acuerdo con ir montando en bicicleta hasta donde quieres ir a... montar en bicicleta, te lo aclaro. No. No puedes subir la bici en el coche para irte al carril de Colmenar ni a ningún otro sitio. No hace falta ser un lince para saber que prevalece el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-3692 Así que ya lo ves, te dejan salir a hacer deporte, no a conducir hasta donde quieras hacer deporte. ¿Así mejor? Pues venga, a ejercer de ciclista o a quedarse en casita. Hay que j0derse...
Aquí se ven muy bien los límites de los municipios. En la parte izquierda pinchas en el icono "División administrativa" (un pequeño mapa de España) y eliges municipio. Luego pones el que quieras buscar y se ven perfectamente sus límites. Además puedes cambiar de capa. http://centrodedescargas.cnig.es/CentroDescargas/buscador.do#
Creo que es siempre obligatorio llevar el DNI, o el pasaporte, o el carné de conducir encima por si se nos requiere identificación. Sea cuando sea y donde sea. Saludos.
https://play.google.com/store/apps/details?id=com.dgt.midgt Enviado desde mi Redmi Note 6 Pro mediante Tapatalk
Acaban de publicar el BOE donde se recoge la actividad física no profesional al aire libre hwww.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4767.pdf 1. Se habilita a las personas de 14 años en adelante, a circular por las vías o espacios de uso público para la práctica de las actividades físicas permitidas por esta orden, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1, párrafos e), g) y h), del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 2. A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto con terceros, así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5. 1. Durante la práctica de las actividades físicas autorizadas por esta orden deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros. (se puede ir a rebufo a 2 metros?) La práctica de deporte individual y los paseos solo podrán llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas. No fija duración máxima, por ejemplo una hora como el paseo de los niños, por lo que se entiende que se pueden hacer cuatro horas de bici desde las 6 hasta las 10
En efecto, inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas. Pero los municipios de menos de este rango son de extensión tan pequeña que no hay carretera suficiente para tanto horario, por ejemplo los que están en el límite Méntrida 4900 habitantes Fregenal de la Sierra 4904 Valverde 4920 Mollina 4924 Enguera 4926 Bescanó 4929 Guardia de Jaén, La 4931 Esporles 4942 Borja 4946 Sariegos 4950 Illa de Arousa, A 4968 Miguel Esteban 4976 Burgo de Osma-Ciudad de Osma 4984 Bellpuig 4985 Cerceda 4992 Markina-Xemein 4999
Los limites de poblacion los marcan los carteles con el nombre de la población??? Enviado desde mi LG-M250 mediante Tapatalk
Si, así que suelta ese cartel y déjalo donde estaba. Pillín.;-) Enviado desde mi SM-T580 mediante Tapatalk