cuando dejarán salir en bici y de qué manera

Tema en 'General' iniciado por mantequilla, 13 Abr 2020.

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  1. triqui75

    triqui75 Miembro activo

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    Ayer me salte lo mas importante del BOE, que es esto que esta en la pagina 33344:
    "Disposición final quinta. Efectos y vigencia.
    La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas."
    Es decir, a partir de mañana, podemos salir los no profesionales ni federados fuera del concejo en las franjas horarias que se estipulan aqui:
    "Artículo 7. Libertad de circulación.
    1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
    Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional prevista en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas a las que se refiere el artículo 2.2, párrafo primero. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.
    2. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes."
     
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  2. Frizick

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    Yo la veo bien. Han pensado en la pausa para el almuerzo/cervecita :rolleyes:
     
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  3. ricardo.aqua

    ricardo.aqua Miembro Reconocido

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    El federado además de tener un seguro que cubre la responsabilidad civil y la parte sanitaria, está apoyando el deporte con esa licencia, ya que el poco margen que deja la licencia se destina a cubrir los gastos de la estructura de la federación y apoyar el deporte base. Las selecciones autonómicas se financian de esa manera, por ejemplo. También destinan algo (menos de lo que querríamos todos) de dinero para ayudar a organizar algunas carreras.

    Es un poco como comprar a Amazon o al tendero de tu pueblo. Si dejas de comprar en tu pueblo, pues quedará que no tendrás servicios...si no hay federaciones, el ciclismo como deporte se acaba. Quedarán todos los grupetos para desayunar, o piques varios.
     
  4. Frizick

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    Yo siempre es lo que entendí, que el BOE nos daba ya desde Fase 1 la libertad para ir por toda la provincia en los horarios estipulados. Pero a partir de ahí salieron otras interpretaciones mezcladas con normas anteriores que no se... no soy abogado, pero siempre me pareció una estupidez. La cumplí por no tener líos y por esperar unas semanas sin salir de mi zona tampoco me muero, como dije, me jode más el horario.

    Pero si esta empiezan a salir todos los federados (que son una pila de ellos) pues yo también me voy a apuntar, dudo que llame la atención ni que la policía tenga tiempo para eso, y si cae una multa pues la va a pagar Rita. Ya estoy hasta la ***** de ver a todo el mundo de farra por ahí y yo pendiente de estas tonterías...

    Es más, estoy por imprimir esa parte y llevarla encima para enseñarla si llega el momento (que lo dudo).
     
    Última edición: 17 May 2020
  5. Aszahara

    Aszahara Miembro

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    Y sacarte el carné ciclista de 22€ te vale para salir del municipio?? Oye estás pagando a los mismos... Qué diferencia hay?
     
  6. juabeol

    juabeol Miembro activo

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    El artículo 7 ese, es de la orden que regula la fase 2. Podrás hacer eso cuando tú territorio esté en zona 2.

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  7. thuram

    thuram Miembro

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    Cuando estés en Fase 2
     
  8. triqui75

    triqui75 Miembro activo

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    Pagina 33344:
    Disposición final quinta. Efectos y vigencia.
    La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
    Madrid, 16 de mayo de 2020.–El Ministro de Sanidad, Salvador Illa Roca.
     
  9. Ritxis

    Ritxis Miembro Reconocido

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    yo entiendo que desde mañana...........tenemos todo el dia para enterarnos bien
     
  10. Ritxis

    Ritxis Miembro Reconocido

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    asi lo veo yo.....
     
  11. sentoreet

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    Me está entrando una mala **** brutal.
    Pero dice que entra en vigencia a las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2020 en los territorios que mas abajo especifican que entran en la fase 2
     
  12. juabeol

    juabeol Miembro activo

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    No confundas la entrada en vigor con el ámbito de aplicación de la orden:
    Artículo 2. Ámbito de aplicación.

    1. La presente orden será de aplicación a las actividades objeto de la misma que se desarrollen en las unidades territoriales que constan en el anexo



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  13. Frizick

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    Pero al principio pone:

    Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.


    Entiendo que entra en vigor mañana porque ya hay comunidades que están en esta Fase-
     
  14. triqui75

    triqui75 Miembro activo

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    Es que ye verdad que el articulo 7 en el segundo parrafo dice: "Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional prevista en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril...", pero es que en el parrafo anterior dice bien claro: "Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada..." y todo ello acaba con el anexo de unidades territoriales donde aparece: "En la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, toda la provincia de Asturias" y a su vez acaba con la "Disposición final quinta. Efectos y vigencia...". Si ademas pensamos que el resto de ciclistas, pros y federados si que van a poder salir por la provincia (2 veces al dia) no me imagino el marron de la guardia civil teniendo que parar a todo dios preguntandole que le enseñe el carnet. Cae de cajon.
     
  15. pikolo

    pikolo Miembro Reconocido

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    No se si será un corta rollos, pero si es un absurdo, cuando no puedes hacer deporte, pero sí puedes ir de cañas.
    ¿alguien va por ahí tropezando con ancianos cuando hace deporte?...
     
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  16. triqui75

    triqui75 Miembro activo

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    Jajajajaja, menudo kakao mental. Igual tienes razon. Pero quizas el encabezamiento de la orden esta mal redactado (Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.) y donde pone fase 2 en realidad deberia poner fase 1.
     
  17. Emil Gatopeck

    Emil Gatopeck Pedaleando con Mireya

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    OJO!!! El ámbito que aparece en el BOE es toda España, por Comunidades y Provincias, es decir, las nombra a todas. Pero deja claro que es en aplicación de Fase 2. Es decir, yo entiendo que ese BOE solo es aplicable a aquellas provincias, CCAA, municipios, localidades que entren el lunes en Fase 2.
     
  18. Emil Gatopeck

    Emil Gatopeck Pedaleando con Mireya

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    https://www.levante-emv.com/comunit...comunidad-valenciana-desescalada/2011933.html

    Aquí reflejan muy bien el galimatías...

    extractos:
    - El aluvión de normas provoca absurdos como que un grupo de amigos pueda moverse en coche a partir de mañana por toda la provincia para irse a almorzar, pero no pueda salir del municipio a hacer deporte en la montaña.
    - ¿Puedo ir de València a la Calderona a correr por la montaña?
    No se puede hacer deporte fuera del municipio. Sin embargo, sí se puede quedar con un grupo de amigos en la Calderona a almorzar en los bares donde suelen ir los corredores y ciclistas.
     
  19. Frizick

    Frizick reloading...

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    Ahí está el lio:

    Como se está aplicando ahora es que el párrafo 2 especifica que las condiciones de la Orden del 30 de Abril siguen vigentes.

    Pero lo que dicen algunos juristas es que el párrafo 1 automáticamente anula las condiciones del 2, y que por eso ninguna multa tiene base legal

    Si imperase la sensatez estaría claro, pero la maquinaria recaudatoria perdería fuentes :rolleyes:
     
  20. Jerogliphic

    Jerogliphic Miembro Reconocido

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    Modificación de la Orden SND/388/2020 que regula el deporte federado desde la Fase 0:

    - Se incluye en el grupo de deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel a los de alto rendimiento de las comunidades autónomas, como ya informamos en comunicados anteriores.

    - Para el resto de federados que no son del grupo anterior se permite realizar los entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las franjas horarias siguen siendo las mismas (entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas), pudiendo entrenarse dos veces al día.

    Saludos

    Andiamo su!
     
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