Pues básicamente que no puedes usar una foto en la que se identifica claramente a una persona por el hecho de haberla subido a una RRSS. Tienes que tener su consentimiento explícito.
No siempre y cuando en esa foto se identifique perfectamente a esa persona. Por ejemplo, si le pixelas la cara sin problema.
a ver ********* la sentencia no tiene nada que ver con las fotos de la chica, tus insultos solo tapan tus carencias y encima haces publicas tus taras mentales ".....solicitaba que se dictara sentencia declarando que la publicación del reportaje había supuesto una intromisión ilegítima en el derecho fundamental a su propia imagen y a su intimidad personal y familiar (art. 18.1 CE). Alegaba que el artículo periodístico contenía datos personales y familiares que permitían identificarle, tales como su nombre, el de su hermano, las iniciales de sus apellidos, el apodo del fallecido, la dirección del domicilio familiar, la profesión del padre y el lugar donde la ejerció, referencias a la notoriedad de la familia en la localidad o incluso la enfermedad neurodegenerativa padecida por la madre. En el reportaje publicado en la edición en papel del diario se incluyeron sendas fotografías del demandante don I.I.L. y de su hermano, que habían sido obtenidas de sus respectivos perfiles de la red social Facebook sin la preceptiva autorización. El actor denunciaba que la información escrita y gráfica expuesta por el periódico resultaba desproporcionada e irrelevante a los efectos de informar sobre el suceso acaecido, y solo servía para facilitar la identificación detallada del agresor, de la víctima y del resto de su familia" ¿que tiene que ver eso con sacar fotos de acceso público en RRSS, sin un solo dato personal ni siquiera nombre y publicarlas en otra web pública? qtdpc mucho tiempo te he dedicado bloqueado por cretino
SI ES LEGAL no hagais ni caso al troll, es un nini solo se pueden proteger en RRSS con copyright o dejando una marca de agua de que no se pueden REPRODUCIR sin permiso, lee mis post, esta todo explicado
Tranqui..., que yo leo los post, y como los leo, pues pregunto, y me gusta informarme bien. Nunca se sabe cuando podemos estar cometiendo un acto ilegal sin saberlo.....
NO HAGAIS NI CASO, el número de tontos es infinito y siempre se sienten satisfechos si aumenta si eso fuera asi, habría que cerrar el 99% de las webs, buscadores, agregadores, etc etc. una foto subida libremente sin más advertencia, se puede reproducir en foros y demás sin poner datos amparados por la LOPD o el RGPD el nombre no lo es
Como ya ha explicado el forero @Ibarreiro, "el consentimiento del tratamiento de nuestra propia imagen por terceros debe ser expreso, aún cuando nuestra publicación y/o perfil sean de acceso público. El usuario de cualquier red social sube, cuelga o, en suma, exhibe una imagen para que puedan observarla otros, pero tan solo consiente en ser observado en el lugar que él ha elegido y eso no conlleva la autorización para hacer uso de esa fotografía y publicarla o divulgarla de una forma distinta a la consentida".
es truculenta: hubo un crimen, y un medio de información que vive de vender noticias, sacó de RRSS fotos de la víctima, familia, publicó datos personales, nombres, direcciones , enfermedades mentales y con ello hizo su noticia, debido a eso se vulneraron derechos de los implicados, "«La Opinión de Zamora», y la publicación de la imagen de su rostro, junto a la identificación de su nombre y las iniciales de sus apellidos, acompañados del siguiente texto escrito «A la izquierda, imagen del fallecido (A.I.L.) que hirió a su hermano (I.I.L.) y se pegó un tiro a continuación en una imagen colgada por él en un portal de Internet. A la derecha, el hermano herido en una foto de su perfil en Facebook». La fotografía, de medio cuerpo, permitía la perfecta identificación de su titular al reflejar su rostro con total nitidez y claridad. La identificación era facilitada, además, por la publicación de diferentes datos personales de las personas implicadas en el suceso, la ciudad en la que ocurrió convirtió su imagen –como bien afirma la fiscalía– en un componente principal y nuclear del contenido de la información publicada por el periódico. La imagen publicada adquirió así un singular protagonismo y relevancia en relación con el texto escrito, excluyendo su caracterización como imagen secundaria o intrascendente. La fotografía no guardaba una especial relación con las circunstancias del suceso trágico sobre el cual se estaba informando, lo que hacía totalmente innecesaria la reproducción de la imagen identificable del rostro de la víctima, como tampoco contribuía realmente a la satisfacción de la función institucional propia de dicha libertad, esto es, a la formación de una opinión pública libre y plural propia de un Estado democrático (SSTC 107/1988, 171/1990, 214/1991, 40/1992 y 85/1992)." "no concurre la debida proporcionalidad entre el ejercicio del derecho a la información, atendido su contenido y finalidad, y el respeto a la propia imagen de la persona privada a la que se refiere la noticia publicada en «La Opinión de Zamora». En consecuencia, se ha producido un sacrificio desproporcionado en detrimento del segundo; y la publicación por parte de dicho periódico de la fotografía de la víctima del delito al que la noticia hace referencia, sin su consentimiento, constituyó una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen (art. 18.1 CE), el cual, en este caso, no puede encontrar protección en el derecho a comunicar libremente información veraz [art. 20.1 d) CE], constitucionalmente limitado de forma expresa por aquel derecho." vamos lo mismo que poner una foto subida y s sacada de RRSS en este foro...... las leyes se interpretan
depende de las condiciones del medio donde la has subido y si solo pones la foto, sin mas datos, si esta permitido, porque es lo que se ha subido por el autor
Entonces....si alguien sube aqui una foto de la canalillos sacada del insta y no pone nada mas....seria legal, no?. Y si se pusieran su nombre y apellidos, seria ilegal?. No entiendo muy bien la diferencia...y me explico.... Si la canalillos sube fotos a su insta y en su insta pone su nombre y apellidos...., es decir, sube publicamente su foto y datos....,no entiendo que luego en otra red social alguien ponga una foto de esas con sus datos y sea ilegal..... No se si me explico bien.....
si lo sacas de un perfil público o que lo ha hecho público el autor si es legal lo que subes a RRSS ya es público. otra cosa es usarlo como la noticia de la sentencia, o poner datos personales (el nombre no lo es) o hacer anuncios con esa imagen, difamar, calumniar, injuriar, etc Si no fuera habria que cerrar Twitter, rrss, facebook, google etc etc y si encima dejas y tienes conocimiento de que lo hacen, publican en foros, luego no puedes reclamar es como si la ceci ahora, que se pasará por aqui, se pone a quejarse.... y si encima tienes cientos de miles de seguidores en RRSS ya pasas a ser una persona pública, sin enrollarme mas como esos famosos que venden exclusivas, van a TV y luego un medio publica una foto pública , obtenida publicamente, se querellan y las pierden todas.... ya que previamente ellos lo hacían, cobraran o no, no puedes ir contra tus propios actos ¿os acordáis de telma ortiz que se querelló contra el mundo mundial y la cascarón 40.000 o mas de costas?
A ver tios, esa chica es Caro Ferrer, es embajadora de gobik o imagen de Gobik en Colombia, tiene 300 mil seguidores en un Instagram publico. Dejaos de montaros peliculas de delitos federales. Las fotos no han salido de ningún grupo privado de Whatsapp, son de su Instagram publico.