Ventas y Agencia Tributaria.

Discussion in 'General' started by barabbas, Apr 9, 2022.

  1. barabbas

    barabbas Miembro Reconocido

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    Hola,ahora con la campaña de la declaracion,me han preguntado y no tengo mucha idea.Las ventas grandes que haceis,superiores a 2500 euros por ejemplo,las declarais de alguna forma?Saludos
     
    Last edited: Apr 9, 2022
  2. Robertomf9

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    Te refieres a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales? Si fuera asi podrias desgravar la perdida patrimonial sufrida en la venta para desgravarlo en los 4 ejercicios posteriores?? Curioso, a ver si alguien lo aclara.
     
  3. barabbas

    barabbas Miembro Reconocido

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    Es que dicen que hay que declarar la venta sino te lo meten como incremento de patrimonio y es el 19 por ciento
     
  4. jonbarra

    jonbarra Miembro Reconocido

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    Desde el desconocimiento, te pregunto. Como sabe hacienda que has vendido la bicicleta?

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  5. barabbas

    barabbas Miembro Reconocido

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    Estamos hablando del caso de pago por trasferencia o ingreso,sea una bicicleta ,una cochera o un reloj Rolex,ya que queda registrado en el banco.Si te paga en efectivo pues a la saca,esta claro.Pero hoy dia ir con mas de 3000 euros en la mano a pagar se hace mas dificil.
     


  6. barabbas

    barabbas Miembro Reconocido

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    He encontrado esto:

    "¿Tengo que pagar impuestos por vender mi bici de segunda mano?"


    "En algunos casos, puede que sí. La normativa reguladora de la Agencia Tributaria contempla un supuesto en la Declaración de la Renta, recogido en el punto: 8.2.6.2.4. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales. Hace referencia a los movimientos de la economía doméstica sujetos a tributación, donde se establece que hay que declarar impuestos en los casos en que se haya obtenido una ganancia en la venta. Poniendo un ejemplo, si has comprado una bici por valor de 800€ y luego la has vendido por 990€, habrás ganado 190€, que deberás incluir en tu Declaración de la Renta como ganancia patrimonial derivada de la venta de elementos patrimoniales.


    Lo habitual es vender por debajo del precio de compra, ya que los productos de segunda mano pierden valor, por lo que es difícil que se dé esta situación en una compra-venta de una bici de segunda mano, por lo que no habría que declarar el ingreso obtenido."
     
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  7. micasro

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    Y podría declararse la pérdida en ese caso? Igual es interesante esto :)


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  8. Robertomf9

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    Ahi falta la segunda parte, si debes tributar por la ganancia patrimonial tambien te puedes deducir las perdidas.
    Concretamente se podra deducir un 25% de esa perdida patimonial cada año los cuatro ejercicios tributarios siguientes
     
  9. micasro

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  10. Ahogao1969

    Ahogao1969 Miembro Reconocido

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    No hay nada que buscar. Ni declares nada. No me jodas anda.
    Es lo mismo que si vendes un coche. La ganancia o perdida si no eres profesional no se declara en renta.
    A otra cosa.

    Se hace lo que se puede y un poco mas
     
  11. micasro

    micasro Miembro activo

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    Gran aportación la tuya, gracias por iluminarnos.


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  12. akmann2

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    Dinero en mano y resuelto. Si recibes un ingreso en cuenta de varios miles de euros, te tocará justificar que no ha habido incremento patrimonial. Al no existir tablas de valor de bicis de segunda mano, incluso dudo que esté tipificado el tipo de bien que es una bicicleta, te va a costar justificarlo.

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  13. Castil

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    Olvidaos de declarar nada. Por un ingreso puntual por banco, sobre todo si es menor de 10.000 euros no te van a decir nada, los bancos solo comunican ingresos con carácter aleatorio, nadie te va a decir nada. Además, casi siempre tendréis pérdida o si tenéis beneficio por comprar de segunda zarpa y vender más caro va a ser una mmmm.

    Respecto a transmisiones, eso lo lleva la hacienda autonómica que no se entera de nada generalmente.
     
  14. uzimtb

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    Este tema levantó Montoro en su día que se iba a controlar y la hacienda iba a tomar medidas.
    Desde entonces en cada campaña de la Renta lo sacan los medios porque levantar estas cosas vende.
    Sólo se tiene obligación de pagar cuando se obtiene una plusvalía. Y como han comentado ya, esa plusvalía es complicado de controlar, más aún si vendes unos calzoncillos 2€ más caros que lo que te costaron.
     
  15. sergi_gim

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    Eso de declarar pérdidas al vender la bici, cae por su propio peso, como se va a hacer eso de algo que se deprecia en el tiempo , lo mismo pasa con un coche, una moto,... Por esa regla se tendría que declarar perdidas patrimoniales de absolutamente todo bien mueble, ya sea una nevera, una lámpara o hasta un pijama, esa declaración de pérdida patrimonial va enfocado a otras cosas como pasó con los productos bancarios como las preferentes, que la gente tuvo pérdidas patrimoniales en productos financieros con malas praxis de las cajas y bancos
     
  16. Castil

    Castil Miembro Reconocido

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    En esos bienes no se declaran pérdidas patrimoniales porque son bienes de consumo, y la propia ley del irpf establece que no existe pérdida patrimonial cuando la pérdida se debe al consumo.
     

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