BOE.es - BOE-A-1999-1826 Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Lo es. Otra cosa es que, personalmente, me parezca un elemento anacrónico. La única finalidad del timbre es advertir de nuestra presencia a los peatones ya que son los únicos que pueden escucharlo. Pero se supone que las bicis son vehículos que circulan por la calzada. La obligatoriedad del timbre únicamente perpetua la imagen de que la bici puede hacer lo que le de la gana y circular de forma impune por las aceras.
Sobre el tema del timbre ya tengo oido mas de un caso de multa aqui en pais vasco. De hecho el timbre tiene que ser de un tipo en concreto. No sirve como en mi caso una luz delantera china con timbre incorporado.
sobre los timbres pues eso un timbre, no valen bocinas, campanillas.........no se se especifica como debe ser el timbre, ..............supongo que habran multado a alguno al que han parado y se ha puesto a discutir con el agente.......como se pongas "serios" con es,o mañana mismo "recetarian" los 80€ al 99€ de ciclsitas que parasen, en las calles, carreteras etc
En la de carretera llevo siempre delantera y trasera, en parpadeo las dos. Por mi seguridad. Lo del catadrióptico trasero no lo supe hasta hace poco.
con respecto al timbre es cierto eso de que no sirven los timbres electronicos? tan solo los clasicos de sistema de campanilla?
El artículo 22.1 del Reglameto General de Vehículos, dice lo siguiente: “Los ciclos y bicicletas, para poder circular, deberán disponer de un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél”. Cuando vas a la RAE y buscas timbre, encuentras esto: "Dispositivo generalmente eléctrico de llamada o aviso compuesto por una campanilla que es golpeada rápida y repetidamente por un macito accionado al tocar un pulsador." Si sumas las dos frases, podría concluirse que sí podría ser electrónico...pero lo cierto es que la DGT se queda sólo con la parte de campanilla golpeada con macito...
No sé qué me quieres decir...no soy ni de la DGT, ni de la RAE...pero si juntas ambas frases, resulta que sí se podría interpretar que uno eléctronico sería válido
La semana pasada me paro un guardia civil y me dijo que era obligatorio llevar luces delantera y trasera y le dije que de dia no y me contesto que era obligatorio hasta por el campo, no quise discutir porque es mejor pero es lo que me dijo, salia con la mtb del campo al asfalto y l+fue lo que me comento y ademas del timbre y como no llevaba lo mejor en estos caso es decir si señor lleva razon
Lo único obligatorio es el timbre. Las luces, de día, recomendadas. De noche, como bien dices, obligatorias delantera y trasera. Cómo podemos esperar que los conductores se conozcan las normas si ni la autoridad las tiene claras?
Y el catadioptrico creo que también es obligatorio de noche al menos. Toda la razón en tu comentario.
Lo que sí es obligatorio es darle la razón al señor guardia civil, te diga lo que te diga, como si te dice que tienes que llevar triángulos, chaleco y una luz rotativo-auto en el casco.
Efectivamente lo de que la autoridad competente se conozca las normas a veces es no se cumple Aquí, las normas de la DGT respecto a las bicicletas https://www.dgt.es/comunicacion/not...sta-debe-conocer/???home.socialLink.phone.url Es de 2021, pero de la pagina de la DGT
Al hilo de estas obligaciones. No sé dónde leí que el Garmin se podía configurar como timbre- claxon. ¿Sabéis si el 530 también y cómo?