Extraído del Reglamento General de conducción, interpretarlo como quieras, queda claro lo que es vía interurbana. 75. Vía para automóviles. Toda vía reservada exclusivamente a la circulación de automóviles, con una sola calzada y con limitación total de accesos a las propiedades colindantes, y señalizada con las señales S-3 y S-4, respectivamente. 76. Vía interurbana. Es toda vía pública situada fuera de poblado. 77. Vía urbana. Es toda vía pública situada dentro de poblado, excepto las travesías. 78. Carretera. A los efectos de esta disposición normativa, es toda vía pública pavimentada situada fuera de poblado, salvo los tramos en travesía. ---------------------------------------------------------------------------------- Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor.
En una vía interurbana quien tiene la competencia, cuidados, señalización etc etc? Que se considera fuera de poblado?
Por lógica debería de ser así, pero yo tengo mis dudas. En mi pueblo y en los pueblos aledaños, los caminos los arregla y mantiene cada municipio, yo he ido por caminos que están hechos una basura y al llegar a otro termino municipal por ese mismo camino este se convierte en una alfombra. De ahí mis dudas.
Yo personalmente con el casco no tengo problema, siempre me lo pongo. El debate es para resolver dudas.
Una vía puede ser de titularidad municipal, lógico, pero en cuanto sales de una población estás fuera de poblado, aunque estés dentro del municipio (o término municipal). No confundir municipio con poblado, un municipio puede constar de varios poblados. Puedes estar en terreno de un municipio y estar fuera de poblado.
Eso está claro. reglamento general de circulación TÍTULO PRELIMINAR Ámbito de aplicación de las normas sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Artículo 1 Ámbito de aplicación 1. Los preceptos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios La duda era que un camino rural fuese una vía interurbana, pero por lógica lo debería de ser. Las dudas eran por lo señalado en negrita.
Hasta el carril bici si sale del nucleo urbano es vía interurbana, he visto a la policia local parar a gente a la salida de Valencia hacia el saler a ponerles la receta pertinente. Lo que me parece de pena es que en ciudad no sea obligatorio.
Ya te digo, no sé que criterio se sigue para hacer esa distinción. En ciudad te puedes hacer daño igualmente .
Yo me descojono con las interpretaciones que hacéis. Tan complicado es entender VIA O TERRENO APTO PARA LA CIRCULACIÓN? Da igual q sea competencia municipal, regional, autonómica, central o sideral. Ninguna norma puede ser más laxa que una Ley, osea, lo pongo fácil para las mentes inquietas: la Ley dice que en casco urbano la velocidad máxima es 50 k /h. Tu alcalde quiere poner el máximo en 30 km/h PUEDE hacerlo. El del pueblo vecino que es fan de foromtb y tiene sus propias reglas la pone a 60 km/h NO PUEDE!!! Da igual q el camino sea de quién sea, la ley lo dice claro, casco SIIIIII Q tu alcalde dice q en sus caminos no hay que llevar casco porque lo leyó en el foro... ERROR!!!
Con la educación que gastáis da gusto participar. Un camino no es una vía por lo tanto no puede ser vía interubana. Además de imponer el casco obligatorio en ciudad, sería bueno que la GC empezase a patrullar las pistas, a ver cuantos circuláis pegaditos a la derecha, como máximo dos en paralelo etc etc... espero que no hayáis superado los 30 kmh que suelen marcar las pistas, por coherencia deberíais ir mañana a entregar el carnet. Modo irónico off. Enviado desde mi SM-J730F mediante Tapatalk
Pero si tú eres el que decía que abatir los asientos es ilegal, encima te descojonas. Tómate una tila anda y vive un poco y dentro de 10 años vuelves más tranquilito y con más cultura. Enviado desde mi SM-J730F mediante Tapatalk
Si no es una vía no hace falta permiso de conducir para el coche? Ni seguro del vehículo? Pregúntales a los de motos de trial si los caminos son vía, que por eso ahora van todas las motos con luces, matrícula, etc. Iluminame para saber qué es un camino según la Ley de Tráfico Os. No confundas abatir los asientos con separar físicamente la carga con el conductor
Porque en ciudad lo que se busca es promover el uso de la bici. Y si haces el casco obligatorio mucha gente no la usaría solo por no tener que llevar un casco de aquí para allá.