Pero con que ángulo de haz de luz ? Por que los focos no suelen indicar ese dato . Un ejemplo que pone en el enlace Garmin Varia UT800 Según podemos ver en la web del fabricante, esta luz ofrece 800 lúmenes con un ángulo de visibilidad de 270º, por lo que dispersa bastante la luz que emite el LED. Haciendo el cambio de lúmenes a candelas, nos sale una intensidad de74,58 cd, lo cual ya estaría por encima del límite permitido. Pero si comparamos con la mala bestia ( el búho de tres leds ) El ángulo de el primero no me cuadra . No creo que ningún foco pueda pasar de 180 grados . https://www.amazon.es/Lámpara-front...11&pf_rd_t=BROWSE_ANYWHERE&pf_rd_i=2929523031 Saludos
Lo he calculado con 30° para una linterna que quizás sea poco. Un foco si alumbras de arriba abajo llega a 360°
Te pego .... Yo te pego Una circunferencia de puede dividir en 360 grados .siendo el valor mínimo 0 y el máximo 360 que está en 0 Si partimos de la base de que no usamos una bombilla " a pelo " si no que va en una parábola no puedes pasar de los 180 grados . Saludos
Si si, tiene usted razón es que me había bebido 2 cervezas de alta graduación. He confundido el haz de luz que sale de un foco, con la circunferencia que proyecta en el suelo cuando está vertical.
No están permitidas, ocurre lo mismo que las traseras, hubo unas cuantas multas por llevarlas hasta que se legalizaron, me imagino que las delanteras también se legalizaron en España lo que ocurre es que hay pocas, no ocurre como las traseras que el que más o menos la llevamos aunque algunos se la podrían ahorrar por qué lucen una ****** Enviado desde mi Mi A2 mediante Tapatalk
Yo llevo luz delantera intermitente, me he cruzado con la policía y no me han dicho nada... Eso sí, si salgo antes del alba o se me hace de noche, en esos momentos la pongo fija...entiendo que en condiciones lumínicas pobres, sí que puede deslumbrar y entendería que me multaran en esas condiciones...de día y con luz, me parece demencial
Salvo modificaciónes a lo largo de este año no están legalizadas . El Sr pera Navarro paso una circular interna indicando que no se sancione a los ciclistas por la luz trasera parpadeante . Y eso no es legalizarlo . Para eso tendría que reforma el código de circulación a golpe de decreto . Saludos
Teóricamente si...la circular era para las traseras intermitentes...la delantera intermitente no está amparada ni por el código de circulación ni por circular alguna... Enviado desde mi Mi A1 mediante Tapatalk
Cuando digo que la policía no te puede sancionar me refería a el CNP . Que no tiene esa función . En Catalunya esa función la tienen los Mossos d scuadra y la guardia urbana , no la policía . Y eso será aplicable a todas las comunidades autónomas , digo yo . Saludos
Para mi la policía es la policía en general, no hablo de policía Nacional...aquí tenemos GC, policía foral, policía Nacional. Municipales...cada uno con sus competencias Enviado desde mi Mi A1 mediante Tapatalk
Esa Garmin, como otras, tiene truco. Si os fijáis, el foco tiene unas pequeñas ventanas verticales donde deja escapar luz. En este caso, no sirve para que puedas ver 270° pero sí que te vean los demás con ese ángulo. Magicshine tambien tiene alguns, o tenía, pero color naranja para luz lateral. En delanteras no tendría sentido las de 360°, salvo para selfies, pero para ello se pones una(s) dedicada(s). Luces traseras las hay de 360°, de todo plástico transparente ( es "útil" determinada situación pero no creo que sean legales).
Pensaba que estaba hecha ya la modificación, lo lógico es que la hicieran, no tiene sentido que un elemento de seguridad te puedan sancionar cuando a los vehículos no les produce ningún problema A mí en alguna ocasión me han parado la GC que es lo que hay en mi zona y me han visto la luz la han mirado y no me han dicho nada, bueno que me quitara el casco para comprobar si llevaba auriculares Cosa que me parece logico Enviado desde mi Mi A2 mediante Tapatalk
La luz delantera, efectivamente debe ser fija. Pero en la luz trasera estás equivocado porque desde hace dos años puede ser intermitente... eso sí roja. Instrucción de la DGT del 6 de marzo de 2018 l. Uso de alumbrado en bicicletas El uso del alumbrado obligatorío es importante para todos los vehículos obligados a ello, y de forma más especial en aquellos, como las bicicletas, en donde el ciclista está considerado como usuario vulnerable de la víaa, y, por ello merecedor de mayor protección. Con objeto favorecer au visibilidad en la vía, cada vez más ciclistas están optando por llevar en sus bicicletas las denominadas "luces parpadeantes", que permiten ser vistos a una distancias més lejanas que con las tradicionales luces fijas. Respecto del uso del alumbrado, el artículo 98.1 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, regula los supuestos de uso obligatorio del mismo, al señalar: "Todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día, en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal "túnel" (S-5) deben llevar encendido el alumbrado que corresponda de acuerdo con los que se determina en esta sección". Además, el apartado 3 de este artículo regula otros aspectos sobre la visibilidad de los ciclistas, como los elementos reflectantes necesarios, y el artículo 99.1, de forma más concreta, establece la obligatoriedad de las luces de posición en los casos descritos. . . . . 1. En et articulo 22.4 se indica que las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal "túnel" o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: luz de posición delantera y trasera, catadriótico trasero, y podrán disponer de catadiptricos en los radios de las ruedas y en los pedales. 2. En las normas aplicables a los ciclos - artículos 22 a 24 - no se establece de manera expresa, para estos tipos de vehículos, la obligatoriedad de que las luces sean de tipo fijo, como si se establece en el artículo 15.2 para los vehículos de motor." . . . . En consecuencia, a la vista de la normativa de circulación y técnica de vehículos mencionada, se debe concluir que las "luces parpadeantes" para bicicletas no pueden ser ser objeto de denuncia por infracción a la normativa de tráfico y seguridad vial siempre que no produzcan deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía, requisito éste de no deslumbramiento que cumplen las luces que se adecuan a la normativa técnica anteriormente señalada. Lo que se comunica para general conocimiento. Madrid, 6 de marzo de 2018 EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁFICO Gregorio Serrano López.
Basicamente porque la única instrucción que tenemos es sobre las traseras que SÍ PUEDEN SER PARPADEANTES, y lo repito de nuevo porque alguno no se habrá enterado aún... LA LUZ TRASERA PUEDE SER PARPADEANTE, pero no deslumbrante (eso sí.) Sobre la delantera, debe ser fija, pero al igual que la trasera se terminó por aceptar, se entiende que la delantera parpadeante de día no deslumbra a nadie. Otra cosa sería de noche... ahí sí se multaría.
Y quien indica si deslumbran o no ? Por que si es a criterio de el agente de turno mal vamos ... Saludos
Eso de que no hay normativa lo dirás tú. En mis años de Academia, en mis años en una unidad de tráfico, en mi curso de seguridad vial y en todos los años de mi trabajo, sierpe hemos tenido una normativa clara y concreta de todo lo relacionado con los vehículos.
¿Sabes si hay algún tipo de mecanismo que lo determine? Pues por supuesto que está al criterio del Agente de la Autoridad. Para eso está la formación y la experiencia. El sentido común y la lógica es lo que debe imperar. En mi caso, si veo a alguien con unas luces delanteras normales y corrientes parpadeando y de día, no le voy a sancionar. Si esa misma luz se la veo de noche, parpadeando y paralela al suelo sin tener una mínima inclinación hacia el suelo, denunciaré y punto. Y luego que haga el pliego de descargo y se queje si quiere. Se llama lógica y sentido común. Al igual que soy ciclista, soy policía y soy conductor de vehículos... de día, jamás me han deslumbrado con una luz delantera de bicicleta. Y de noche nunca las he visto parpadeando porque si el ciclista tiene un mínimo de inteligencia la pondrá fija para ver.. . que no es cuestión de no ver en el apagado esa milésima de segundo y pegársela También muchimos coches llevan las luces mal reguladas, xenon ilegales, etc...
Pues primera noticia que tengo sobre la delantera. En nuestro caso era bien de noche (6:30 de la mañana) y no nos han dicho nada más que tengamos cuidado que a esas horas es mu peligroso. Llevábamos una flare rt una ion 200 rt cada uno Enviado desde mi iPhone AXS
Esa instrucción es antigua, y la sustituyó la que he puesto antes de fecha 6 de marzo de 2018 en la que se permiten las parpadeantes traseras