Que hacer si un compañero de grupeta te rompe la bicicleta

Tema en 'General' iniciado por kitesurferbcn, 20 Ene 2019.

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Que hacer si un compañero de grupeta te rompe la bicicleta

  1. Presentarle al compañero la factura de la reparación.

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  2. Es mi compañero ya lo pago yo.

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  1. Castil

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    He dicho que si te cae delante es imposible, también he comentado previamente que el que se cae se puede caer hacia un lado y entonces pasas. Pero que si te cae alguien repentinamente delante en un grupo te vas al suelo, si, es un hecho.

    No obstante, reiteró que me da que no ruedas mucho en grupo si te parece que con prestar atención te libras de las montoneras.

    Y si, mi línea argumental es que si le paso por encima a uno que se cae, no pago un duro. Me parece un poco cara el provocar un accidente y pretender que encima te paguen. Del mismo modo, aunque creo que el culpable de una montonera es el que se cae, tampoco le exigiría nada.
     
  2. Castil

    Castil Miembro Reconocido

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    Tienes toda la razón, entendí que mag21 era el que había detallado el presupuesto. En este caso, como decía antes, es un accidente en el que, si me lo como, son cosas que pasan, no le pediría al que causó el accidente nada porque es un accidente de grupeta, no una negligencia, y como se comenta más atrás, cuando ruedas en grupo has de asumir ciertos riesgos. El amigo le hecho algo de cara al asunto.
     
  3. Zxuzo

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    Pues asumes demasiado, simplificas en exceso, y mezclas churras con merinas. Una bici y un coche o incluso una moto no son lo mismo porque el mismo código de circulación hace diferencias:

    1. Un coche no puede circular en paralelo a otro coche de continuo dentro del mismo carril, puede cambiar de carril para adelantar, o rebasar en caso de embotellamientos.
    2. Un coche no puede integrarse dentro de un pelotón de coches y circular en grupo como si lo puede hacer un ciclista.
    3. El própio código de circulación indica que un pelotón ciclista, una vez se incorpora la cabeza del mismo en una rotonda, se considera a todo el pelotón cono UN UNICO VEHICULO y los vehículos que circulen o se incorporen a dicha rotonda lo deberán tener en cuenta a efectos de ceder el paso. Es decir, como si en una rotonda a la que llega ves que ya se está incorporando un trailer largo, si todavía no ha entrado todo el camión en la rotonda tú no tienes preferencia sobre él por ello, con un pelotón ciclista igual. ¿Me puedes explicar cómo encaja esa norma con guardar distancia de seguridad entre los ciclistas integrantes de dicho pelotón?

    No pondré la mano en el fuego en que no tienes razón, pero creo que ante un accidente como el del ejemplo dentro de un pelotón, demostrándose que los ciclistas implicados circulaban en pelotón queriendo (es decir, que no es que un espontáneo se te ha pegado al culo sin tú aceptarlo) un juez dirá que cada perro se lama su cipote.
     
  4. Wallis

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    Una cosa es que la norma de la vía cambia cuando se circula en grupo y otra, muy diferente, es la responsabilidad civil que tiene un ciclista respecto a otro.

    Si un vehículo (coche, moto, tractor, etc) colisiona contra una grupeta y rompe 8 bicis, mata a un ciclista y deja heridos a 12, responde civilmente (y penalmente, si se cumplen las condiciones) con todos los ciclistas afectados, no con el primero con el que colisionó.

    Otro ejemplo: a un coche se le sale una rueda y ésta impacta con un ciclista que va en una grupeta. Éste se cae y tira a otros 3 que tienen numerosas lesiones. Según las explicaciones de algunos de vosotros, los que tienen lesiones no pedirán indemnización alguna porque esa caída viene ocasionada por rodar en grupo y quien nos tira es otro ciclista ¿es así?
     
  5. Castil

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    Digamos que con tú teoría, si un coche pierde una rueda e impacta con un ciclista, el propietario del coche le pagará al que ha tirado pero te puede pedir una indemnización si luego cochas tu contra su rueda y le arañas la llanta...:D:D:D

    Creo que lo que @Zxuzo y yo queremos decir es que cuando decides salir con una grupeta, cuyos miembros pasarán a ser tus compañeros y en muchos casos amigos, has de asumir que hay unos riesgos existentes inherentes a su funcionamiento. Básicamente, un accidente por colisión con los otros integrantes. Esta situación, es decir, rodar en grupo, está prevista por la legislación, al permitir rodar juntos sin tener que guardar la distancia de seguridad que te permita detenerte en caso de imprevisto que si deviene obligatoria para otros vehículos. Sólo exige que se preste atención para que no haya colisión entre compañeros, concepto bastante vago en la medida en que no se puede objetivar. No existe una regulación concreta que determine las responsabilidades, y no procede aplicar la de los vehículos analógicamente porque no hay una similitud esencial entre ambos supuestos, ya que nada tiene que ver la circulación normal con la de una grupeta de bici.

    Por ello, en caso de accidente, y entendiendo por accidente lo que no sea una negligencia, es decir, accidente como el que relataba mag21, una rotura de cadena y caída...si un seguro te paga los daños estupendo (con los bancos, seguros y compañías de luz y comunicaciones no se puede tener piedad...), pero creo que ni procede ponerse farruco exigiendo chanchullos o que te paguen...y por supuesto, menos en el caso de que seas el que provoca el accidente.
     
  6. Wallis

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    Si yo, usuario de la vía, me caigo y provocó daños en un vehículo, respondo civilmente de esos daños (de ahí los seguros).

    Respecto a lo que deduces de "mi teoría", digamos que has entendido poco o nada de los dos ejemplos que pongo...
     
  7. Castil

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    Pero...y eso que tiene que ver? No entiendo lo que me quieres decir, o no entiendes lo que te estoy diciendo.
     
  8. Wallis

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    Sí que tiene que ver, y mucho, tanto en cuanto se considera, a los solos efectos de cumplimiento del reglamento de circulación, que un grupo de ciclistas es un solo ciclista.

    Otra cosa muy diferente es la responsabilidad dentro de la grupeta de cada uno de los integrantes, que son dos cosas que estáis mezclando y no tienen nada que ver la una con la otra porque a una le afecta el reglamento de circulación y a la otra el código civil.

    Que luego entremos en farrucadas, chanchullos de seguros y demás, es algo totalmente personal, pero si alguien quiere pedirle a otro resarcimiento económico, está en todo su derecho.
     
  9. Castil

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    No estamos mezclando nada. Lo que decimos unos cuantos es que cuando entras en un grupo has de asumir que puede haber accidentes y, aunque de un accidente pueda derivarse responsabilidad civil, no la vas a exigir. Digamos que por caballerosidad y compañerismo. Se ha debatido también sobre el reglamento de circulación, es normal que se mezcle con la responsabilidad civil porque para que esta exista debe haber daño y una actitud negligente, y el incumplimiento de la norma de circulación es una actitud negligente.

    Otra cosa es que por un despiste le destroces el cambio a uno o una rueda, pues oye, claro, se lo pagas, pero determinados accidentes...hombre.
     
    Última edición: 28 Dic 2020
  10. Wallis

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    Si uno que va dentro de la grupeta tira a otro por hacer lo que no debe (como es usar el móvil), deberá correr con los gastos que ocasione (bien directamente o a través de su seguro). La grupeta no es una eximente para que algunos hagan lo que les de la gana, poniendo en peligro a los demás. Otra cosa es que el afectado no considere pedirle daños y perjuicios, pero derecho tiene y mucho.
     
  11. Castil

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    Y...? He dicho yo lo contrario?
     
  12. Wallis

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    La responsabilidad civil no sólo afecta a conductas negligentes, sino a todas aquellas en las que hay un perjudicado. Hay daños ocasionados de forma fortuita, no negligente, en la que se debe responder igual. De hecho, según qué conductas, la negligencia afecta penalmente al que la lleva a cabo y, a posteriori, el afectado puede abordar la vía civil si lo desea.
     
  13. Castil

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    Menuda burrada que acabas de soltar.
     
  14. Wallis

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    Sí, ¿no?



     
  15. Wallis

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    Sí, ¿tú crees?

    En fin...
     
  16. Castil

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    Estas confundiendo la responsabilidad civil con la responsabilidad civil objetiva.
     
  17. Wallis

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    Hala, venga Castil, no me cuentes milongas.
     
  18. Castil

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    Pues no. Lo estás sacando de contexto. Hay no me refiero a responsabilidad civil, sino a responsabilidad en el accidente.
     
  19. Castil

    Castil Miembro Reconocido

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    A ver, si te molesta lo que dice el código civil, llamamos a las cortes y que lo cambién, pero es lo que hay...
     
  20. Wallis

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    Sigue tergiversando
     

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