Ni la ruta de mañana es tan dura (la hago yo) ni el tiempo va a estar tan malo. Simplemente es larga y tiene algún tramo técnico (evitable). Prefiero que os apuntéis en la página de Asturcón a que aparezcáis sin saber quien viene. :rocker:burladia::rocker:burladia::rocker:burladia:
Buena pregunta, yo voto por un SÍ a la placa V20. Sobre todo después de ver que el "remolque" no tiene el típico reflectante triangular rojo que suenen tener todos los remolques. Nespral.... creo que buscabas algo así: Gancho levanta bicis - Intelligent buying in internet S.L. |
Dios!!! esa web es un teroso... Ya veo como conciliar mi paternidad con la bicicleta http://www.todosoportes.com/epages/ea1959.sf/es_ES/?ObjectPath=/Shops/ea1959/Products/%22ZIGO%20Carrier%20Bike%22 Felix, ¿crees que aguntará las trialeras esas de este fin de semana? :twisted: :twisted: :twisted: :rolf
Hombre.... lo que señaliza la V20 es " lo que sobresale de la parte trasera del ancho del vehículo", si lo cargas en el remolque da igual.... como las bicis van a lo ancho..!!! placas¡¡¡ ahora con ese sistema las bicis debería llevarlas a los largo y no harán falta placas V20 recuerda que es una por cada lado que sobre salga algo..... :sofa
Noorrr señalizas que "algo" sale por la parte trasera del vehiculo. Mucho cuidado que la norma permite que la carga salga por los laterales menos en el caso de los turismo. Osease, salvo que tengamos la bici de los pitufos, todos los que llevamos un trasto colgado de atrás vamos en el filo de la ley (en mi caso por lo menos).
Artículo 15. Dimensiones de la carga. 1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél. 2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir: a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible: 1º En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior. 2º En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior. b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros. 3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por 100 de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por 100. 4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior. 5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles. 6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida. Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
Según mi lectura b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros. 3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por 100 de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por 100. Yo leyendo esto interpreto que un turismo solo puede sobresalir por la parte posterior. No por los laterales. 6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida. Ahí es donde interpreto yo lo de la V20 como lo que salga por detrás. Lo que comentas tu en rojo, entendiendo que ya no puedo sobresalir por los laterales... creo que no es aplicable a turismos. Me encanta... por algo se forran los abogados con las leyes, je, je, je...
Rober.... yo lo digo porque "si es un remolque", seguramente, llevará su documentación y ya no es "parte trasera del vehículo" por lo que si las bicis, van "a lo largo" tampoco sobre sale por ancho del remolque... pero es una suposición.... porque los remolques de los cazadores NO llevan las V20
Si no he oido mal, con la nueva ley aprobada creo que esta semana (en la que entre otras cosas la grua te pude llevar el coche de la zona azul si triplicas el tiempo que pagaste) me parece que los ciclistas están obligados a llevar el chaleco reflectante homologado si circulan por ciudad a lo mejor también por carretera... El próximo diseño de la equipación Asturcona sera el chaleco homologado serigrafiado??? ¡me ha salido un pareado!la2la2la2
Haber en que quedamos con tanto palabro tecnico y enrevesado yo que llevo portabicicletas de bola de dos bicis tengio que poner el panel?.si o no ,o es mejor ponerlo por si las moscas .Es un tema interesante porque unos lo llevan y otros no lo llevamos saludos
La cosa está clara: Si tu bici no es más ancha que la parte trasera del coche no necesitas placa (porque las luces van por detras de la bici y no necesitas señalar el exceso de longitud). Si la llevas en un portabicis de los que se cuelgan en la puerta trasera si la necesitarías, además de las luces y matrícula si tapan las del coche. Si tu bici es más ancha que la parte trasera del coche (sin contar los retrovisores) necesitas poner dos placas V20 en los en los extremos (transversalmente dice...) Es mi caso, pero me niego a poner dos placas, así que solo llevo una, hasta que me cepillen...:sableluz Cuando digo "bici más ancha", quiero decir que "no sobresale".
yo te matizo.... aún con la razón hay agentes que te paran por no llevar la V20 y te dicen que es por "salir por detrás" a mi ya me han parado "Tres veces" y con UNA placa puesta , miran y callan... por lo que si no quieres ir acojonado cada vez que veas un control de la DGT... ahhhhh en León y Cantabria..... te paran fijo , si no la llevasssssss por lo tanto, mi consejo es..... !! lleva placa ¡¡
Y los que las llevamos en el techo, le ponemos un pilotillo rojo pa que se enteren los aviones.:loco:loco:meparto:meparto
yo con ese "remolque" lo que tengo mis dudas es que esté homologado, ya que carece, o eso parece, de los retroreflectantes en forma de triangulo que es obligatorio en todos los remolques. Supongo que Vidalillo nos lo podria aclarar. De ser un remolque y estar homologado no seria necesario llevar la V-20 famosa.